VISTO el expediente N° 208/2026, iniciado por el Bloque U.C.R., quién eleva proyecto de Resolución solicitando a Camuzzi Gas Pampeana informe sobre el estado del proyecto de ampliación de la red de gas natural en el PROCREAR;
que, está la necesidad de ampliar la red de gas natural en distintos sectores del partido de Saladillo que aún no cuentan con acceso al servicio, en particular el Barrio PROCREAR;
que, se han realizado distintas gestiones por parte de los vecinos de dicho barrio ante la empresa Camuzzi Gas Pampeana;
que, el acceso al gas natural constituye un servicio público esencial que impacta directamente en la calidad de vida, la salud, la seguridad y la economía de las familias;
que, numerosos grupos de frentistas del partido de Saladillo manifiestan su voluntad de contribuir económicamente para la ejecución de obras de extensión de la red de gas, pero encuentran como principal obstáculo la imposibilidad de afrontar el costo total de dichas obras en un único pago;
que, particularmente, los vecinos del Barrio PROCREAR iniciaron oportunamente las gestiones necesarias para acceder al servicio de gas natural;
que, el barrio se encuentra conformado por trescientos veinticuatro (324) lotes. Dicho predio cuenta con una superficie total de 12 hectáreas, entre las Calles Hipólito Yrigoyen, Aureliano Roig, Madres de Plaza de Mayo y San Millán;
que, durante el corriente año, la empresa Camuzzi Gas Pampeana manifestó su interés en avanzar con la obra y solicitó un relevamiento de adhesión de potenciales usuarios a fin de evaluar la factibilidad del proyecto;
que, los vecinos conformaron grupos de trabajo, realizaron reuniones, solicitaron presupuestos y reunieron el compromiso de aproximadamente doscientas sesenta y cinco (265) familias, representando alrededor del ochenta por ciento (80 %) del barrio, dispuestas a realizar el aporte económico correspondiente;
que, posteriormente la empresa informó la necesidad de efectuar una nueva evaluación técnica del proyecto, situación que demoró el avance de la iniciativa;
que, transcurridos más de seis meses sin novedades concretas, los vecinos presentaron una nueva nota con fecha 16 de junio solicitando una definición respecto de la ejecución de la obra;
que, la falta de acceso al gas natural obliga a las familias a calefaccionarse mediante energía eléctrica o gas envasado, generando un importante incremento en los costos que deben afrontar;
que, la incorporación de nuevos usuarios al servicio beneficia tanto a la comunidad como a la empresa distribuidora, favoreciendo el crecimiento de la infraestructura energética del distrito;
que, resulta conveniente impulsar mecanismos de financiamiento que permitan ejecutar las obras de extensión de red y posibiliten que los vecinos reintegren el costo mediante cuotas incorporadas a la facturación del servicio; y
CONSIDERANDO que en la Novena Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 04 de agosto de 2026, este Honorable Cuerpo aprobó el despacho de la Comisión de Obras Públicas y Vialidad, que aconseja sancionar el mencionado proyecto;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
R E S O L U C I Ó N
ARTÍCULO 1°: Solicitar a Camuzzi Gas Pampeana que informe al Honorable Concejo Deliberante el estado actual del proyecto de ampliación de la red de gas natural para el Barrio PROCREAR de la ciudad de Saladillo, indicando el grado de avance de las actuaciones, las razones de la demora y el cronograma previsto para su ejecución.-
ARTÍCULO 2°: Solicitar a las autoridades de Camuzzi Gas Pampeana, que le de curso a la obra de ampliación de Red de Gas al Barrio Procrear.-
ARTÍCULO 3°: Solicitar que en dicha ampliación Camuzzi Gas Pampeana actúe como agente financiero de las obras de extensión de red solicitadas por consorcios vecinales o frentistas agrupados individuales en el partido de Saladillo, absorbiendo el costo inicial de materiales.-
ARTÍCULO 4°: Proponer y evaluar un mecanismo de devolución del costo de la obra por parte de los frentistas beneficiados estructurado en planes de facilidades de pago de entre 12 y 36 cuotas mensuales y consecutivas, las cuales deberán ser facturadas y cobradas de forma discriminada a través de la misma boleta del servicio de gas una vez habilitado el medidor.-
ARTÍCULO 5°: Comunicar a las autoridades de Camuzzi Gas Pampeana; al Ente Nacional Regulador del Gas (ENARGAS); y al Departamento Ejecutivo; dar al Registro Oficial, cumplir, publicar y archivar.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los cuatro días del mes de agosto del año dos mil veintiséis.-
RESOLUCIÓN N° 27/2026.-