VISTO el expediente N° 265/2026, iniciado por el Concejo Deliberante Juvenil, quien eleva Comunicación N° 2/2026 solicitando al Departamento Ejecutivo el mantenimiento de los caminos rurales de Saladillo;

que, surge la necesidad de garantizar condiciones adecuadas de transitabilidad y accesibilidad en los caminos rurales del Partido de Saladillo, especialmente en el tramo que une la Ruta Provincial Nº 51 con el Paraje La Barrancosa y el Paraje Micheo;

que, los caminos rurales son fundamentales para la comunicación y el acceso a la educación, salud, trabajo, transporte y actividades productivas de las familias que viven en el medio rural;

que, el Camino Real “La Barrancosa” es utilizado diariamente por estudiantes del CEPT Nº 36 “La Barrancosa” y de otras instituciones educativas de la zona, como la EP Nº 21 y la EP Nº 34;

que, las lluvias y el tránsito de vehículos de gran porte y maquinaria agrícola generan un importante deterioro de los caminos, dificultando en ocasiones la circulación;

que, resulta necesario realizar un mantenimiento periódico que contemple el estado del suelo, las cunetas, los desagües y los sectores de mayor deterioro;

que, también es importante evaluar el resultado de las obras y reparaciones realizadas anteriormente, especialmente en aquellos sectores donde las intervenciones no produjeron las mejoras esperadas durante los períodos de lluvia;

que, garantizar la transitabilidad de los caminos rurales contribuye a reducir riesgos, facilitar el acceso a los establecimientos educativos y asegurar igualdad de oportunidades para quienes viven en el medio rural;

que, los jóvenes pueden participar activamente en el relevamiento de los caminos, identificando puntos críticos y comunicando las necesidades de sus comunidades; y

CONSIDERANDO que en la Décima Cuarta Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 20 de octubre de 2026, este Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Obras Púbicas y Vialidad que recomienda sancionar una Resolución;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente

R E S O L U C I Ó N

ARTÍCULO 1°: Solicitar a la Dirección de Vialidad Provincial -Zona VI-, un plan de mantenimiento periódico del camino que une la Ruta Provincial N° 51 y los Parajes “La Barrancosa” y  “Micheo”, contemplando reparación de baches, cunetas, desagües y demás intervenciones necesarias.-

ARTÍCULO 2º: Comunicar a la Dirección de Vialidad Provincial -Zona Vl-; y al Departamento Ejecutivo Municipal, dar al Registro Oficial, cumplir, publicar y archivar.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los veinte días del mes de octubre del año dos mil veintiséis.-

RESOLUCIÓN N° 36/2026.–

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