VISTO el expediente N° 223/2026, iniciado por el Bloque de Concejales de La Libertad Avanza, quien eleva proyecto de Comunicación solicitando al Departamento Ejecutivo realice acciones de construcción y mantenimiento de señalización vial;
que, el Jardín de Infantes Nº 906 “Gabriela Mistral” se encuentra ubicado en la intersección de las calles Esteban Echeverría y Juan B. Justo;
que, la calle Esteban Echeverría constituye la única arteria pavimentada en ese sector, circunstancia que favorece una mayor velocidad de circulación vehicular;
que, durante los horarios de ingreso y egreso de los alumnos se registra un importante movimiento de niños, familias, docentes y personal de la institución;
que, la presencia de niños y peatones en las inmediaciones del establecimiento educativo requiere extremar las medidas de prevención y seguridad vial;
que, la circulación de vehículos a velocidades elevadas representa un riesgo para la integridad física de los niños, sus familias y toda la comunidad educativa;
que, resulta responsabilidad del Estado municipal adoptar medidas de prevención, ordenamiento y seguridad vial tendientes a reducir los riesgos asociados a la circulación vehicular en zonas de alta concurrencia peatonal;
que, la reducción de la velocidad de circulación en las inmediaciones de establecimientos educativos constituye una herramienta fundamental para prevenir siniestros viales y reducir sus posibles consecuencias;
que, la instalación de reductores de velocidad y de sendas peatonales sobreelevadas constituye una medida preventiva destinada a favorecer la disminución de la velocidad vehicular y otorgar mayor seguridad a los peatones;
que, asimismo, resulta conveniente reforzar la señalización vial y demarcar adecuadamente los sectores próximos al establecimiento, a fin de advertir a los conductores sobre la presencia de una institución educativa y el tránsito frecuente de niños;
que, el pintado del cordón frente al establecimiento con color amarillo contribuiría a desalentar el estacionamiento y/o detención de vehículos en un sector de alta circulación peatonal;
que, todas estas medidas, implementadas de manera conjunta, contribuirían a generar un entorno más seguro para los alumnos, sus familias y el personal del Jardín de Infantes N.º 906 “Gabriela Mistral”; y
CONSIDERANDO que en la Décima Primera Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 08 de septiembre de 2026, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Obras Públicas y Vialidad, que aconseja sancionar el mencionado proyecto;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
C O M U N I C A C I Ó N
ARTÍCULO 1°: Solicitar al Departamento Ejecutivo que, a través del área competente, evalúe la instalación de un reductor de velocidad sobre la calle Esteban Echeverría, en las inmediaciones del Jardín de Infantes N.º 906 “Gabriela Mistral”, previo al acceso al establecimiento educativo y en el sentido de circulación que corresponda, conforme a la normativa vigente.-
ARTÍCULO 2°: Solicitar al Departamento Ejecutivo que evalúe la construcción y/o instalación de una senda peatonal sobreelevada en la intersección de las calles Esteban Echeverría y Juan B. Justo, con el objeto de favorecer el cruce seguro de los peatones y reducir la velocidad de los vehículos que circulan por el sector.-
ARTÍCULO 3°: Evaluar el pintado de color amarillo del cordón ubicado frente al establecimiento educativo, conforme a la normativa de tránsito vigente, a fin de favorecer la visibilidad del sector y desalentar el estacionamiento o detención indebida de vehículos.-
ARTÍCULO 4°: Solicitar la colocación y/o refuerzo de la señalización vial correspondiente, advirtiendo la presencia del establecimiento educativo, la circulación de niños y peatones y la existencia del reductor de velocidad y/o senda peatonal sobreelevada.-
ARTÍCULO 5°: Comunicar al Departamento Ejecutivo, dar al Boletín Oficial, cumplir, publicar y archivar.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los ocho días del mes de septiembre del año dos mil veintiséis.-
COMUNICACIÓN N° 28/2026.-