VISTO el expediente nº 283/96, iniciado por el Bloque de Concejales Justicialistas, mediante el cual eleva proyecto de Comunicación solicitando al Departamento Ejecutivo informe sobre los elementos de protección y de vestimenta al personal municipal;
que, los numerosos riesgos a que están expuestos permanentemente los trabajadores municipales afectados a tareas insalubres tales como: recolectores de residuos, obreros de Obras Sanitarias (operarios de red de cloacas, agua corriente, planta potabilizadora de líquidos cloacales, etc.) y de toda otra función inherente a su actividad que compromete a su integridad y salud;
que, es frecuente observar la falta de elementos de protección para desempeñar las tareas al igual que la falta de una vestimenta adecuada;
que, el riesgo implícito en sus operaciones es atentatorio para su integridad física, para la salud del operario y consecuentemente afecta a su núcleo familiar;
que, es una prioridad del Departamento Ejecutivo instruir al área correspondiente a los efectos de prevenir y preservar el buen estado psicofísico de sus agentes;
que, existe una campaña llevada a cabo en todos los ámbitos de nuestro país contra los flagelos que atacan a nuestra sociedad (cólera, S.I.D.A., meningitis, etc.) y que se prioriza la prevención de manera absoluta;
que, el gasto beneficio en la compra de elementos de protección redunda realmente en beneficio del presupuesto municipal (ausentismo, enfermedades prolongadas, accidentes de trabajo, riesgo social, etc.); y
CONSIDERANDO que en la Décima Cuarta Sesión Ordinaria llevada a cabo el día 21 de octubre de 1996, el Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad la sanción del mencionado proyecto de Comunicación;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
C O M U N I C A C I O N
ARTICULO 1º: Solicítase al Departamento Ejecutivo informe a este Honorable Cuerpo sobre los elementos de protección y de vestimenta que actualmente son brindados por el Municipio a sus operarios en sus distintas áreas.-
ARTICULO 2º: Infórmese si existe de contar con los elementos del artículo 1º un control de su uso obligatorio o seguimiento de cumplimiento de lo expuesto.-
ARTICULO 3º: De no contar con los elementos y recaudos mencionados en los artículos 1º y 2º, solicitamos su pronta provisión, puesta en práctica de medidas de seguridad y vestimenta apropiada.-
ARTICULO 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los veintiún días del mes de octubre de mil novecientos noventa y seis.-
COMUNICACION Nº59/96.-