VISTO el expediente nº 259/2013, iniciado por el Concejal Wuiovich del Bloque de la U.C.R., eleva proyecto de Comunicación solicitando al Señor Intendente que a través de la Oficina OMIC asesore a los vecinos de Saladillo que hayan sido infraccionado en el cruce Etcheverry;
que, en el cruce Etcheverry, ubicado en el acceso a la ciudad de La Plata por la Avenida Nº 44, desde hace varios meses están realizando controles de velocidad;
que, los mismos se practican entrando y saliendo de la capital bonaerense;
que, gran cantidad de vecinos de nuestra ciudad viaja habitualmente a la ciudad de La Plata;
que, está bien que se controle la velocidad de los vehículos;
que, es fundamental para la realización de controles que haya señalización adecuada;
que, la cartelería correspondiente, fue colocada el día 26 de agosto del corriente año;
que, muchos vecinos de nuestra ciudad, recibieron actas de infracción con fechas previas a la citada anteriormente;
que, el valor de las multas, ronda entre los $ 500 y $ 550;
que, las actas de infracción previas al 26 de agosto deberían quedar sin efecto por la falta de la señalización correspondiente;
que, me comunique telefónicamente con el Juzgado de Faltas Nº 4 de la ciudad de La Plata y me dijeron que no había ninguna resolución al respecto aún, pero que si había innumerables planteos de nulidad de actas;
que, desde la Justicia de Faltas de la ciudad de La Plata, Juzgado Nº 4, me dijeron que se puede hacer un descargo por escrito.- Sobre todo, aquellos vecinos que hayan sido infraccionados antes del 26 de agosto, fecha en la que no había señalización adecuada;
que, dicho descargo, tiene que ser dirigido al Dr. Ricardo Di Bella, Juez de Faltas, de la Justicia de Faltas, Juzgado Nº 4 de la ciudad de La Plata, ubicada en diagonal 74 esquina 48 (CP 1900);
que, el descargo debe ir acompañado con copia del acta, nombre y apellido, DNI y un teléfono de contacto;
que, el teléfono del Juzgado de Faltas Nº 4 de la ciudad de La Plata es 0221-4273239, por si algún vecino quiere evacuar telefónicamente las dudas que tenga;
que, si bien es necesario el control de velocidad en un acceso tan importante, como el de ingreso a la capital de la provincia, también es imperioso que se dé la difusión correspondiente ya que es una medida preventiva, y de la manera que se implemento pareciera que tiene un fin meramente recaudatorio;
que, sin dudas, que ante mayores controles se evitan accidentes y se salvan vidas, pero con más campañas de difusión informando de la realización de dichos controles también se evitan inconvenientes a los vecinos que están acostumbrados desde hace años a ingresar a La Plata por ese acceso y de un día para otro sin la señalización correspondiente reciben actas de infracción;
que, el gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a través del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros, y desde la Municipalidad de La Plata, deberían realizar una fuerte campaña de difusión tendiente a informar sobre esta nueva disposición;
que, desde la Municipalidad de Saladillo, a través de la Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC), debería asesorar a los vecinos de nuestra ciudad que hayan sido infraccionados en el cruce Etcheverry, para que puedan hacer el descargo correspondiente en el Juzgado de Faltas Nº 4 de la ciudad de La Plata; y
CONSIDERANDO que en la Décima Primera Sesión Ordinaria llevada a cabo el día 10 de septiembre del año 2013, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el mencionado proyecto de Comunicación;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
C O M U N I C A C I O N
ARTICULO 1º: Solicítase al Señor Intendente Municipal que, a través de la Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC) asesore a los vecinos de Saladillo que hayan sido infraccionados por exceso de velocidad en el cruce Etcheverry, en el acceso a la ciudad de La Plata por la avenida Nº 44, para que puedan hacer el descargo correspondiente en el Juzgado de Faltas Nº de la ciudad de La Plata, teniendo en cuenta que la señalización correspondiente no existía hasta el 26 de agosto del corriente año.-
ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los diez días del mes de septiembre del año dos mil trece.-
COMUNICACION Nº 74/2013.-