VISTO el expediente nº 146/09, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante expediente nº 2956/09, que eleva nota solicitando eximición de Tasas Municipales a favor de los Señores José Montefusco y Edelmira Ibáñez; y
CONSIDERANDO que en la Décima Segunda Sesión Ordinaria llevada a cabo el día 22 de septiembre de 2009, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad, el despacho de la Comisión de Presupuesto y Hacienda que recomienda eximir del pago del 50 % de la Tasa de Agua Corriente y Cloacas, y suspender del pago del 50 % de la Tasa de Barrido, Limpieza y Recolección de Residuos a los peticionantes;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona el siguiente
D E C R E T O
ARTICULO 1º: Exímase del pago del 50 % de la Tasa de Agua Corriente y Cloacas, y suspéndase del pago del 50 % de la Tasa de Barrido, Limpieza y Recolección de Residuos a los Señores Edelmira IBAÑEZ y José MONTEFUSCO.-
ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-
DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los veintidós días del mes de septiembre del año dos mil nueve.-
DECRETO H.C.D. Nº 36/09.-