VISTO el expediente nº 223/2013, iniciado por la Concejal María Alejandra Lorden del Bloque de la U.C.R., que eleva proyecto de Decreto declarando de Interés Municipal la campaña denominada “Mes del PAP”, a realizarse en el mes de agosto del corriente año, a través de la Secretaría de Salud;

que, el papanicolau es un estudio citológico, que permite detectar de manera sencilla, sin dolor y que dura tan solo unos minutos el diagnóstico precoz del cáncer de cuello uterino, así como otras enfermedades de transmisión sexual como el HPV (Virus del Papiloma Humano), siendo algunos de ellos los responsables del 70% de la totalidad de los canceres de cuello uterino;

que, es la tercer causa de muerte en mujeres jóvenes en el mundo, con aproximadamente 270.000 fallecimientos anuales;

que, en Argentina es el segundo cáncer mas diagnosticado en mujeres, estimándose que cada año se diagnostican alrededor de 3000 casos y mueren 1800 mujeres a causa de esta enfermedad;

que, conocido familiarmente como “Pap”, es un método para la detección precoz del cáncer de cuello del útero, fue descripto por el médico griego Georges Papanicolaou en 1943;

que, es un procedimiento muy sencillo que permite diagnosticar varios procesos que pueden estar ocurriendo en el cuello del útero de la mujer, además del cáncer: algunas infecciones vaginales comunes (hongos, parásitos, algunas bacterias), la infección por el virus del papiloma humano, lesiones pre-neoplasicas y el propio cáncer de cuello, en estadios muy tempranos;

que, la mayoría de las mujeres que tienen acceso a los servicios de salud y que son cuidadosas y siguen los consejos de sus médicos comienzan a hacerse el Pap cuando inician las relaciones sexuales o cuando cumplen los 30 años, pero, a pesar de ser un estudio muy común, pocas lo conocen en profundidad;

que, el cáncer de cuello tiene como característica que transcurre mucho tiempo (años) entre la lesión que puede llegar a ser maligna y el momento en que se transforma en maligna; por lo tanto es aquí donde la PREVENCION es fundamental;

que, si una mujer no ha tenido relaciones sexuales, debe comenzar a hacerse el Pap, de todas formas, a partir de los 30 años;

que, durante el embarazo, no hay inconveniente en hacer el Pap; es más, debe hacerse, porque permitirá diagnósticos -como dijimos al principio- que pueden ser necesarios para un tratamiento adecuado antes del nacimiento del bebé;

que, el Programa Nacional de Prevención de Cáncer cervico-uterino se re-lanzo en el año 2008 con el objetivo de reducir la incidencia y mortalidad por este cáncer, no logrando aún los resultados esperados en la concientización y realización de este simple estudio, a pesar de contar actualmente con la Vacuna del HPV en el calendario de vacunación obligatoria a niñas de 11 años;

que, el Departamento Ejecutivo, a través de la Secretaría de Salud realizará en el mes de agosto una campaña denominada “Mes del PAP”, destinada a la toma de conciencia de la importancia de este estudio y la realización masiva a fin de prevenir enfermedades;

que, en este sentido tanto en el Hospital Dr. Posadas como en los CAPS se priorizará la atención de mujeres para que puedan realizarse el mencionado estudio; y

CONSIDERANDO que en la Octava Sesión Ordinaria llevada a cabo el día 29 de julio del año 2013, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Salud Pública, Ecología y Medio Ambiente que aconseja su aprobación;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona el siguiente

D E C R E T O

ARTICULO 1º: Declárese de Interés Municipal la Campaña a realizarse en el mes de agosto del corriente año a través de la Secretaría de Salud denominada “Mes del PAP”.-

ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-

DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los veintinueve días del mes de julio del año dos mil trece.-

DECRETO H.C.D. Nº 26/2013.-

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