VISTO lo solicitado por el Departamento Ejecutivo sobre la adhesión al regimen del Decreto Nº264/83 del Superior Gobierno de la Provincia de Buenos Aires a traves de la comunicación recibida del Director Provincial de Asuntos Municipales de la Provincia de Buenos Aires; y
CONSIDERANDO que en la Municipalidad de Saladillo, desde antes del 11 de diciembre de l983, existen quince personas contratadas bajo el régimen de las leyes 9864; 9890; 9937 y l0.029;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Adhierese al régimen del Decreto Nº264/83 del Superior Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, conforme lo estatuido por la llamada Ley 9864, prorrogada por las llamadas leyes Nº 9890; 9937 y l0.029.-
ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los diez días del mes de febrero de mil novecientos ochenta y cuatro.-
ORDENANZA Nº16/84.-