VISTO el proyecto de Ordenanza elevado por el Departamento Ejecutivo con referencia a la provisión de alumbrado público solicitada por vecinos de distintos barrios de la planta urbana de la ciudad de Saladillo; y
CONSIDERANDO el informe de las Comisiones de Presupuesto y Hacienda y de Peticiones y Ordenanzas aconsejando se haga lugar a lo peticionado por el Departamento Ejecutivo de la Municipalidad de Saladillo;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Disponer la prestación del servicio de alumbrado público en la intersección de las siguientes calles:
Martín Fierro y Rojas.-
Alisal y Juan B. Justo.-
Jopaquin V. Gonzales y Alisal.-
Cabral y Rojas.-
Mitre y Suquía.-
12 de Octubre y Ortiz.-
Joaquín V. Gónzalez y Emparanza.-
Ledesma y Sojo.-
Ledesma y Roca.-
Estrada y Sánchez.-
Mariano Acosta y Roca.-
Estrada y Alisal.-
ARTICULO 2º: El Departamento Ejecutivo dispondrá lo necesario para el cumplimiento de la presente e imputar los gastos que demande, a la Partida Finalidad III – Item 1 – Sección 2 – Sector 5 – Inciso 1.
ARTICULO 3º: Declárase la presente obra de utilidad pública conforme al artículo 59º último apartado de la Ley Orgánica de las Municipalidades.-
ARTICULO 4º: Los trabajos que demande la obra se efectuará por la Cooperativa Eléctrica y Otros Servicios Públicos de Saladillo Limitada, conforme a la Ordenanza Nº627/83, en su Artículo 6º.-
ARTICULO 5º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los cuatro días del mes de junio de mil novecientos ochenta y cuatro.-
ORDENANZA Nº43/84.-