VISTO lo solicitado por el Departamento Ejecutivo de la Municipalidad de Saladillo en el Expediente Nº1475 sobre lo peticionado por vecinos de la calle Dr. Posadas y Martín Fierro de la ciudad de Saladillo; y
CONSIDERANDO el informe de la Comisión de Presupuesto y Hacienda que aconseja hacer lugar a lo solicitado;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo de la Municipalidad de Saladillo, a disponer la prestación del Servicio de Alumbrado Público en la intersección de las calles Dr. Posadas y Martín Fierro de la ciudad de Saladillo.-
ARTICULO 2º: El Departamento Ejecutivo de la Municipalidad de Saladillo dispondrá lo necesario para el cumplimiento de la presente Ordenanza e imputar los gastos que demande la misma a la Partida.
ARTICULO 3º: Declárase la presente obra de utilidad pública conforme al artículo 59º de la Ley Orgánica de las Municipalidades.-
ARTICULO 4º: Los trabajos que demande la obra son efectuar por la Cooperativa Eléctrica y Otros Servicios Públicos de Saladillo Limitada, conforme a la Ordenanza Nº627/84, en su artículo 6º. –
ARTICULO 5º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los un días del mes de octubre de mil novecientos ochenta y cuatro.
ORDENANZA Nº90/84. –