VISTO lo solicitado por el Departamento Ejecutivo de la Municipalidad de Saladillo en el Expediente Nº1475 sobre lo peticionado por vecinos de la calle Dr. Posadas y Martín Fierro de la ciudad de Saladillo; y

CONSIDERANDO el informe de la Comisión de Presupuesto y Hacienda que aconseja hacer lugar a lo solicitado;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo de la Municipalidad de Saladillo, a disponer la prestación del Servicio de Alumbrado Público en la intersección de las calles Dr. Posadas y Martín Fierro de la ciudad de Saladillo.-

ARTICULO 2º: El Departamento Ejecutivo de la Municipalidad de Saladillo dispondrá  lo necesario para el cumplimiento de la presente Ordenanza e imputar  los gastos que demande la misma a la Partida.

ARTICULO 3º: Declárase la presente obra de utilidad pública conforme al artículo 59º de la Ley Orgánica de las Municipalidades.-

ARTICULO 4º: Los trabajos que demande la obra son efectuar  por la Cooperativa Eléctrica y Otros Servicios Públicos de Saladillo Limitada, conforme a la Ordenanza Nº627/84, en su artículo 6º. –

ARTICULO 5º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los un días del mes de octubre de mil novecientos ochenta y cuatro.

ORDENANZA Nº90/84. –

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