VISTO el expediente nº 2132/84 elevado por el Departamento Ejecutivo de la Municipalidad de Saladillo con referencia al convenio a firmarse con la Dirección de Vialidad de la Provincia de Buenos Aires por el cual se ejecutar  la repavimentación y ensanche de la Avenida Ibáñez Frocham en la ciudad de Saladillo; y

CONSIDERANDO que se hace imperioso dotar a Saladillo de una vía de acceso desde la Ruta 205; que es imprescindible el aporte de Vialidad Provincial para materializar esta obra, por cuanto su costo hace que escape a las posibilidades financieras de la Municipalidad; que teniendo en cuenta el informe de la División Contaduría de la Municipalidad de Saladillo;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1º: Adhiérase al régimen de la Ley Nº 7943 Capítulo VII y autorízase al Departamento Ejecutivo a formalizar el convenio que se agrega y que forma parte integrante de la presente Ordenanza.-

ARTICULO 2º: Crease dentro del Presupuesto de Gastos vigentes la siguiente partida: Jurisdicción II – Finalidad III – Servicios Especiales Urbanos – Item I – Trabajos Públicos 2.5.2.13. “Convenio con la Dirección de Vialidad de la Provincia de Buenos Aires – Repavimentación y Ensanche de la Avenida Ibáñez Frocham, $a 10.000.-

ARTICULO 3º: Los fondos necesarios para dar cumplimiento a lo establecido en el Artículo anterior, se tomarán de la siguiente partida:
JURISDICCION II – FINALIDAD VI – A Clasificar – Partida 1.4.1. “Crédito Adicional” $a 10.000.-

ARTICULO 4º: En Presupuestos de Gastos futuros se ha de prever los fondos necesarios para la atención de los gastos que esta obra demande en cada uno de los ejercicios en que la misma se desarrolle.-

ARTICULO 5º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los trece días del mes de diciembre de mil novecientos ochenta y cuatro.-

ORDENANZA Nº 123/84.-
C O N V E N I O

– – – – – Entre la Dirección de Vialidad, por una parte, en adelante VIALIDAD, y la Municipalidad de Saladillo, en adelante la MUNICIPALIDAD, por la otra, se resuelve formalizar el presente CONVENIO, quedando sujeto a las siguientes cláusulas:
PRIMERA: Las partes convienen realizar la Obra REPAVIMENTACION Y ENSANCHE DE LA AVENIDA IBAÑEZ FROCHAM ENTRE RUTA NACIONAL 205 Y AVENIDA HIPOLITO YRIGOYEN, de acuerdo al Proyecto y Pliego que elaboró la D.V.B.A.
SEGUNDA: El Presupuesto Oficial de la Obra se estima en forma preventiva en pesos argentinos ciento sesenta y nueve millones ciento noventa y tres mil novecientos tres ($a 169.193.903) comprometiéndose Vialidad a aportar el cincuenta por ciento (50%) o sea la suma de pesos argentinos ochenta y cuatro millones quinientos noventa y seis mil novecientos cincuenta y dos ($a 84.596.952) debiendo la Municipalidad abonar la diferencia.-
Este costo es tentativo y ser  sujetado de acuerdo a la sumatoria de los Certificados de Obra y Variaciones de Precios que se emitan en función de lo establecido en las Cláusulas Octava y Noventa.-
Vialidad reconocer  igualmente hasta el mismo porcentaje o sea el cincuenta por ciento (50%) por los siguientes conceptos:
a) IMPREVISTOS: Rubro que no podrá superar el veinte por ciento (20%) del Presupuesto Oficial indicado en la Cláusula Segunda, para cuya realización es requisito indispensable la previa conformidad de VIALIDAD en forma documentada.-
En consecuencia la Imputación Preventiva se hará en base a los siguientes valores:
PRESUPUESTO OFICIAL 169.193.903.-
RESERVA PARA IMPREVISTOS 20 % 33.838.781.-
DIRECCION E INSPECCION 8.459.695.-
TOTAL A IMPUTAR – 211.492.379.-
b) VARIACIONES DE COSTOS: Los que se originen de acuerdo a lo previsto en la Ley 6021 y en el pliego de la Obra.-
TERCERA: La Inspección de la Obra estar  a cargo de vialidad, quedando a cargo de la Municipalidad la supervisión de la labor que efectúe la Inspección.-
CUARTA: Mensualmente la Inspección efectuará la Medición de los trabajos realizados y expedirá el correspondiente Certificado de Obra, previa conformidad documentada de la Supervisión.-
QUINTA: La Certificación de Variaciones de Precios ser  confeccionada por Vialidad y conformada por la Municipalidad.-
SEXTA: Vialidad abonará su aporte de acuerdo al porcentaje establecido en la cláusula Segunda, una vez aprobados los certificados de Obra y de Variaciones de Precios.-
SEPTIMA: La Municipalidad toma a su cargo la ejecución de los trabajos por vía Administrativa o por Contrato con Terceros, bajo su exclusiva responsabilidad.-
OCTAVA: Para el caso en que la Municipalidad resuelve efectuar las obras por Licitación Pública, deberá cumplimentar los siguientes requisitos:
a.- Iniciar los trabajos dentro de los ciento veinte (120) días corridos a contar de la fecha de Recepción documentada de las actuaciones, una vez que Vialidad haya dictado la Resolución Aprobatoria de la firma del Convenio.- En dicho plazo de ciento veinte (120) días la Municipalidad licitar , adjudicar , contratar  e iniciar  las obras.-
b.- Comunicar a Vialidad la fecha de apertura de las propuestas.-
c.- Dar vista a Vialidad de las actuaciones con los resultados de la Licitación y con la Obra Preadjudicada a fin de que esta tome conocimiento debiendo devolverlas dentro de un plazo de diez (10) días como máximo desde su recepción.- Si Vialidad observara aspectos de la Licitación y/o Preadjudicación y/o el monto de las ofertas, la Municipalidad esta obligada a aceptar las indicaciones que Vialidad formule.-
Esta intervención de Vialidad con respecto a la adjudicataria no implica responsabilidad contractual compartida con la Municipalidad, toda vez que está asume frente a aquella el carácter de Contratista de Obra con todas sus responsabilidades Técnicas – Legales inherentes a tal carácter.-
d.- Exigir de sus oferentes la presentación en el momento de la apertura de las propuestas, o dentro de los dos (2) días hábiles posteriores, toda la documentación que las Normas Legales, Contables e Impositivas, exigen en estos casos, bajo apercibimiento de que en caso de incumplimiento ser  motivo de rechazo de la oferta.-
NOVENA: Para el caso de que la Municipalidad realice las Obras por Administración, deber  dar comienzo a los trabajos dentro de los cien (100) días corridos a contar a partir de la Recepción de la documentación en las condiciones establecidas.-
Vialidad y la Municipalidad podrán en este caso, de común acuerdo, calcular el Presupuesto Oficial Definitivo y los correspondientes Análisis de Precios que servirán de base para la liquidación de Variaciones de Precios
DECIMA: Se establece que la Municipalidad ejecutar  los trabajos en el plazo máximo de 425 días corridos.- Cualquier Prórroga debe ser solicitada por la Municipalidad en forma perfectamente justificada, de acuerdo a las normas establecidas en la Ley 6021.-
DECIMA PRIMERA: La Municipalidad hará constar en letreros, afiches, publicaciones y toda otra documentación propias que la obra se ejecuta con aportes de Vialidad, indicando el porcentaje y/o monto de la misma.-
DECIMA SEGUNDA: Previo a la formalización de este Convenio, la Municipalidad deberá, por Ordenanza adherir al régimen de la Ley 7943 – Capítulo VII e incluir en su respectivo Presupuesto, una Partida especial para la ejecución de la Obra.-
DECIMA TERCERA: La Municipalidad se obliga a obtener, previo replanteo de los trabajo, la cesión de los terrenos necesarios para la liberación de la traza del camino a pavimentar, a su exclusivo cargo, así como la remoción y traslado de instalaciones que interfieren con la normal realización de los trabajos.-
DECIMO CUARTA: Operada la Recepción Definitiva de los trabajos, la Municipalidad deber  hacerse cargo de la Conservación permanente de la Obra.-
En prueba de conformidad se firman seis (6) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, destinados el original para el presente Expediente, una copia para la Municipalidad, para el Ministerio de Obras y Servicios Públicos, para la Dirección Vialidad Urbana y para la Sub-Dirección Zona VI y la Sub-Dirección de Administración respectivamente, los que se firman en la ciudad de La Plata, a los .. días del mes de .. 1984.-

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