VISTO el expediente nº143/85, elevado por el Departamento Ejecutivo de la Municipalidad de Saladillo, con referencia a la Modificación del Artículo 1º, de la Ordenanza nº139/84; y
CONSIDERANDO los fundamentos expuestos por el Deparmento Ejecutivo de la Municipalidad de Saladillo y el informe de la Comisión de Presupuesto y Hacienda;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Modifícase el Artículo 1º de la Ordenanza sancionada bajo el nº139/84 y promulgada con el nº788, el que quedar redactado de la siguiente manera:
“ARTICULO 1º: Establecese para los agentes que tienen a cargo tareas de responsabilidad, que se mencionan, una bonificación no remunerativa por funciones transitorias y carentes de estabilidad de m s responsabilidad con retención de sus cargos, equivalente a la cantidad de módulos que en cada caso se determinan y que se detallan a continuación:
– ENCARGADO CUADRILLA OBRAS SANITARIAS……………….. 160 módulos.-
– ENCARGADO ALBAÑILERIA …………………………….. 160 módulos.-
– ENCARGADO HIGIENE URBANA………………………….. 160 módulos.-
– ENCARGADO CORRALON ……………………………….. 160 módulos.-
– ENCARGADO HIGIENE CEMENTERIO………………………. 75 módulos.-
– ENCARGADO PASEOS PUBLICOS…………………………. 75 módulos.-
ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los veintiocho días del mes de enero de mil novecientos ochenta y cinco.-
ORDENANZA Nº8/85. –