VISTO el expediente nº62/86, iniciado por el Centro Cultural Folklórico y Campo de Pato “La Totora” sobre eximición de pago de los tributos municipales, conforme a la Ordenanza 792; y
CONSIDERANDO la acción que desarrolla en bien la comunidad saladillense, dentro del respeto a las tradiciones y el deporte;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Exímese de las Tasas Municipales que correspondan al Centro Cultural Folclórico y Campo de Pato “La Totora” por el inmueble de su propiedad donde tiene instalada su sede y campo de deportes.
ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO a los veintidós días del mes de agosto de mil novecientos ochenta y seis.-
ORDENANZA Nº62/86.-