VISTO los expedientes nº271/86 y nº272/86, relativos a solicitudes de eximición de Tasas Municipales por distintas Entidades de Bien Público; y

CONSIDERANDO que las mismas se encuentran encuadradas en el Artículo 2º de la Ordenanza Nº670/85 y Ordenanza nº651/84;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1º: Exímase del pago de la Tasa por Alumbrado y Limpieza y Conservación de la Vía Pública, a las siguientes Entidades de Bien Público:

Asociación “El Globito F.C.”.-
Liga de Fútbol de Saladillo.-

ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO a los quince días del mes de setiembre de mil novecientos ochenta y seis.-

ORDENANZA Nº70/86.

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