VISTO el expediente nº228/88 por el cual la Cooperativa Eléctrica de Consumo y Otros Servicios de Saladillo Limitada, solicita incremento de Tarifas Eléctricas en la factura emitida a partir del día 2 de agosto de 1988; y

CONSIDERANDO que el Ente Prestatario acompaña al Cuadro Tarifario de la D.E.B.A.;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1º: Apruebanse los Aumentos de Tarifas del Servicio Eléctrico, requerido por la Cooperativa Eléctrica de Consumo y Otros Servicios de Saladillo Limitada, en un todo de acuerdo a las aplicadas por la D.E.B.A. que surgen de los cuadros de fojas 2 y 3, que forman parte integrante de la presente Ordenanza.-

ARTICULO 2º: Consignándose que dicha aprobación se efectúa ad-referendum del informe del Departamento Ejecutivo que acredite la adecuada prestación de servicio y la correcta formulación e implementación de la Tarifa de la D.E.B.A.-

ARTICULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los veintiseis días del mes de agosto de mil novecientos ochenta y ocho.-

ORDENANZA Nº43/88.-

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