VISTO el expediente n° 200/2019, iniciado por el Concejo Deliberante Juvenil de Saladillo, quién eleva Comunicación n° 1/2019, solicitando al Departamento Ejecutivo Municipal la construcción de rampas móviles para personas con capacidades de movimientos reducidos;
que, a partir de esta idea se da vida a este proyecto, el cual tiene como función cubrir una necesidad específica y clara de mejorar la calidad de vida de aquellos con capacidades de movimientos reducidos;
que, para los espacios que se pide, es de suma importancia la rampa móvil;
que, al usuario no le implicará tiempo y es de bajo costo la realización de la rampa;
que, es de bajo mantenimiento al utilizar este sistema y haciéndolo accesible;
que, sería viable para los vecinos en sillas de rueda o andador;
que, las personas con movilidad reducida deben gozar de adecuadas condiciones de seguridad y autonomía como elemento primordial para el desarrollo de las actividades de la vida diaria, para su integración y equiparación de oportunidades;
que, dichas rampas deberán cumplir con las características señaladas por la ley; y
CONSIDERANDO que en la Décima Primera Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 27 de agosto de 2019, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Obras Públicas y Vialidad, que aconseja sancionar el mencionado proyecto;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
C O M U N I C A C I Ó N
ARTÍCULO 1°: Solicítese al Departamento Ejecutivo, a través de la Secretaría de Obras Públicas, la construcción de rampas móviles para personas con movilidad reducida.-
ARTÍCULO 2°: Solicítase el asesoramiento de diferentes entidades de seguridad.-
ARTÍCULO 3°: Este proyecto queda abierto a todas aquellas personas y/o entidades que quieran colaborar con dicho proyecto.-
ARTÍCULO 4°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese. –
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los veintisiete días del mes de agosto del año dos mil diecinueve. –
COMUNICACIÓN N° 35/2019.-