VISTO el expediente nº61/94, iniciado por los Concejales Balbiani y Tenaglia del Partido Justicialista, mediante el cual elevan proyecto de Comunicación solicitando al Departamento Ejecutivo sobre trabajos, an lisis y otras actividades científicas para prevenir enfermedades por componentes nocivos en el agua potable;
que, en la gran mayoría de nuestro territorio existen problemas derivados de aguas contaminadas o con algún componente que pueda dañar la integridad física de nuestros compatriotas;
que, en otras enfermedades surge la comunmente llamada COLERA, producida por el “vibrión col‚rico”, y con consecuencias harto dificultosas para la salud individual de los afectados;
que, creemos, como se ha dicho y estudiado por parte de la ciencia, que lo m s importante es la prevención de estas enfermedades;
que, teniendo en cuenta que, en nuestro Partido existen algunos lugares donde el agua no está sometida a los análisis científicos de práctica en estos casos, constituye una necesidad la preocupación y la acción en este sentido para producir esos análisis;
que, preferentemente este análisis científico de nuestra agua debería hacerse en las escuelas rurales y de la periferia urbana, o bien en aquellas que ubicadas en la planta urbana municipal, se encuentran con provisión del líquido elemento que no está analizado;
que, atendiendo a la inminente iniciación del curso lectivo en Escuelas Primarias;
que, a su turno, y reconociendo que se trata de un tema técnico o científico, sería importante que este control de agua para consumo humano, sea producido en las mismas bombas de expendio del agua – que en su tiempo abastece a nuestra comunidad;
que, de esta manera estaríamos contribuyendo con esta mentada prevención, que seguramente redundar en beneficio y seguridad sanitaria de nuestra comunidad;
que, igualmente, es un deber de este Cuerpo vigilar, controlar y hacer cumplir el llamado poder de Policía Municipal, en el que se encuentra inserto el servicio público de salubridad; y
CONSIDERANDO que en la Tercera Sesión Ordinaria realizada el día 9 de mayo del año 1994, el Honorable Cuerpo aprobó el despacho de la Comisión de Salud Pública, Ecología y Medio Ambiente que aconseja aprobar la mencionada Comunicación;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
C O M U N I C A C I O N
ARTICULO 1º: Solicítase al Departamento Ejecutivo imparta las directivas de práctica al área competente para que se produzcan los trabajos, análisis y/u otras actividades técnicas o científicas tendientes a prevenir enfermedades producidas por elementos componentes del agua que se utiliza para consumo humano
en nuestra comunidad.-
ARTICULO 2º: Solicítase igualmente que dichos trabajos sean efectuados, preferentemente, o en una primera etapa, en el agua de los establecimientos escolares, rurales y de la periferia urbana.-
ARTICULO 3º: Igualmente procédase en las bombas de expendio del agua para consumo humano y en todo el Partido.-
ARTICULO 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los nueve días del mes de mayo del año mil novecientos noventa y cuatro.-
COMUNICACION Nº11/94.-