VISTO el expediente nº 127/03, iniciado por Alumnos de la E.G.B. Nº 9 de Cazón, que elevan proyecto de Comunicación solicitando al Departamento Ejecutivo difunda los principales Derechos del Niño;

que, la importancia que tiene la convivencia entre los seres humanos aplicada a la vida cotidiana: la familia, la escuela, el barrio;

que, los principios universales contribuyen al establecimiento de valores como la justicia, la igualdad, el amor y que estos hacen a una convivencia más digna para disfrutar de la vida; y

CONSIDERANDO que en la Décima Cuarta Sesión Ordinaria llevada a cabo el día 27 de octubre de 2003, el Honorable Cuerpo aprobó el mencionado proyecto de Comunicación;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente

C O M U N I C A C I O N

ARTICULO 1º: Solicítase al Departamento Ejecutivo, Secretaría de Cultura y Secretaría de Bienestar Social, informe a esos Cuerpos la propuesta de difundir los principales Derechos del Niño en todas las dependencias municipales a través de folletos y pósters.-

ARTICULO 2º: Derecho a la vida.-

El niño tiene derechos a vivir, a gozar de estar vivo y a seguir viviendo y gozando de esa vida.-  Tiene  derecho a disfrutar de su cuerpo y del mundo que lo rodea.-  A crear lazos de afecto con otras personas y disfrutar de esos lazos.-  A desarrollar su inteligencia, sus emociones y sus fantasías.-  A hacerse preguntas, a conocer.-  Un niño tiene derecho a un lugar en el mundo.-  Tiene derecho a una oportunidad y es la sociedad la que debe ocuparse de proporcionársela.-  Por eso, tienen que darse ciertas condiciones, las “condiciones de la vida”.-

Le hace falta alimento, vestido y una casa.-  Le hace falta amor, información, juego.-  Su familia será la encargada de proporcionar todo lo que el niño necesite, y el Estado colaborará con la familia para que cumpla con ese deber.-

Pero, si la familia está a su vez desamparada, necesita ayuda, el Estado deberá otorgársela, suplir todo lo que le falte para atender a ese niño.-  Cuando se trate de un niño enfermo o con algún impedimento especial, el estado se ocupará de redoblar los esfuerzos y las acciones para allanarle el camino a la familia y darle al niño esa oportunidad.-

Con ayuda suficiente y apropiada cualquier niño puede desarrollar sus posibilidades y gozar de estar vivo.-

ARTICULO 3º:  Derechos a la Justicia.-

El ideal de justicia se basa en el principio de que todos los “seres humanos son iguales ante la Ley”.-  Esto quiere decir que todas las personas tienen los mismos derechos y obligaciones, sin importar su condición social y su apariencia.-  Este concepto tiene hoy validez universal, y forma parte del patrimonio cultural de la humanidad.-

La justicia consiste en asegurar a cada uno sus derechos en defender a todos por igual, con imparcialidad.-  Por eso un símbolo de la justicia es la balanza con sus platillos iguales.-

Cómo construir la Justicia?

El ideal de justicia se construye a diario, a través de la convivencia, el respeto, el amor, la solidaridad y el compromiso de cumplir responsablemente nuestros deberes o tareas sin necesidad de que nadie nos los señale y suprimir todo tipo de discriminación, violencia, egoísmo, autoritarismo, engaño e intolerancia.-  Favorecer el diálogo, la participación, la solidaridad, la igualdad, la tolerancia y el respeto.-

ARTICULO 4º:  Derecho a la Educación:

El niño tiene derecho a recibir educación, que será gratuita y obligatoria.-  Por lo menos en la etapa elemental.-  Se dará una educación que profundice su cultura general y le permita, en condiciones de igualdad de oportunidades, desarrollar sus aptitudes y su juicio individual, su sentido de responsabilidad moral y social y llegar a ser un miembro útil de la sociedad.-

El interés superior del niño debe ser el principio rector de quienes tienen la responsabilidad en su educación y orientación.-  Dicha responsabilidad incumbe en primer término a sus padres.-  El niño debe disfrutar plenamente de juegos y recreaciones, los cuales deberán estar orientados hacia los fines perseguidos por la educación, como la sociedad y las autoridades públicas se forzarán por promover el goce de este derecho.-

El niño y su desarrollo

El niño, para el pleno y armonioso desarrollo de su personalidad, necesita amor y comprensión.-  Siempre que sea posible, deberá crecer al amparo y bajo la responsabilidad de sus padres, y, en todo caso en un ámbito de afecto y de seguridad moral y material.-  Salvo circunstancias excepcionales, no deberá separarse al niño de corta edad de sus padres.-  La sociedad y las autoridades públicas tendrán la obligación de cuidar especialmente a los niños sin familia.-  Para el mantenimiento de los hijos de familias numerosas, sin recursos, conviene considerar subsidios estatales o de otra índole.-

ARTICULO 5º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los veintisiete días del mes de octubre del año dos mil tres.-

COMUNICACION Nº 21/03.-

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