VISTO el expediente N° 237/2023 iniciado por el Bloque del Frente de Todos, quién eleva proyecto de Comunicación solicitando al Departamento Ejecutivo colocar una rampa segura en el escenario del Teatro Marconi y se contemplen lugares en la primera fila para personas con movilidad reducida;
que, todas las personas tenemos el derecho a participar de forma activa e independiente de actividades recreativas, laborales y educativas;
que, Argentina adhiere a la Convención Internacional por los Derechos de las Personas con Discapacidad;
que, el modelo social de la discapacidad pone el foco en el contexto facilitador o no, de la funcionalidad y la participación plena y activa de las personas en las diferentes áreas ocupacionales;
que, en nuestro país existen diferentes leyes que posicionan a las personas con movilidad reducida como sujetos/as de derechos que intentan eliminar las desigualdades en el acceso a diferentes actividades y desempeño de roles;
que, en el Teatro Marconi se desarrollan numerosas muestras artísticas relacionadas al teatro, a la música, a la danza, como también a capacitaciones y jornadas de formación para el público en general; y
CONSIDERANDO que en la Décima Primera Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 22 de agosto de 2023, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Obras Públicas y Vialidad, que aconseja sancionar el mencionado proyecto;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
C O M U N I C A C I Ó N
ARTÍCULO 1°: Solicitar al Departamento Ejecutivo a través de las áreas que correspondan, coloque una rampa segura, con las medidas y pendiente necesaria para garantizar el acceso de forma independiente de todas las personas con movilidad reducida o usuarias de sillas de ruedas al escenario de Teatro Marconi, como así también que contemple dentro del mismo, lugares en las primeras filas, señalizados y con un acceso accesible, para que personas usuarias de sillas de ruedas puedan ser parte del público sin la necesidad de una transferencia quedando espacio para la silla de ruedas como también para un acompañante.-
ARTÍCULO 2°: Comunicar al Departamento Ejecutivo Municipal, dar al Registro Oficial, cumplir, publicar y archivar.-
DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los veintidós días del mes de agosto del año dos mil veintitrés.-
COMUNICACIÓN Nº 26/2023.-