VISTO el expediente nº 217/2011, iniciado por la Concejal Cristina Labernia del Bloque de la U.C.R., que eleva proyecto de Comunicación solicitando al Departamento Ejecutivo informe si el dominio del inmueble sito en Sojo entre Sarmiento y Almafuerte volverá a favor de la Municipalidad;

que, por Ordenanza Nº 4/08, la Municipalidad de Saladillo donó a la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires el inmueble ubicado en calle Ministro Sojo entre Sarmiento y Almafuerte que ocupara el C.E.N.S. Nº 451;

que, el objetivo de esta donación fue que dicho organismo tuviera su edificio propio, para seguir brindando con comodidad para alumnos y docentes, la formación de personas que no pudieron terminar sus estudios secundarios, sumando un esfuerzo más por parte de este Municipio en apoyo a la educación;

que, dicho inmueble al día de hoy no muestra signos de que se lo esté refaccionando y/o acondicionando por parte de la Dirección General de Cultura y Educación para cumplir con su objetivo y que dicha donación se realizó con el cargo de ser utilizado para el funcionamiento del C.E.N.S. Nº 451 otorgándole para ello un plazo de 3 años, que ya se cumplieron;

que, a consecuencia de tal donación y por resolución Nº 7/08 se solicitó a la Dirección de Cultura y Educación que en su plan de obra tenga presente conservar la fachada, por estar incluido entre los edificios que la Comisión Asesora de Patrimonio Histórico, Cultural, Natural y Arquitectónico del Partido de Saladillo aconsejó preservar; y

CONSIDERANDO que en la Décima Segunda Sesión Ordinaria llevada a cabo el día 20 de septiembre de 2011, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el mencionado proyecto de Comunicación;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente

C O M U N I C A C I O N

ARTICULO 1º: Solicítase al Departamento Ejecutivo informe a este Honorable Concejo Deliberante si el dominio del inmueble mencionado volverá de pleno derecho a favor de la Municipalidad de Saladillo según artículo segundo de la Ordenanza Nº 4/08 o si ha habido actuaciones entre la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires y este Municipio para prorrogar el plazo otorgado para cumplir con el fin que motivó la donación del inmueble en cuestión.-

ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los veinte días del mes de septiembre del año dos mil once.-

COMUNICACION Nº 33/2011.-

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