VISTO el expediente N° 284/2026, iniciado por el Bloque Fuerza Patria, quien eleva proyecto de Comunicación solicitando al Departamento Ejecutivo realizar un relevamiento de las bocas de tormenta en el Partido de Saladillo;
que, las bocas de tormenta constituyen elementos fundamentales para el correcto escurrimiento de las aguas pluviales y el funcionamiento del sistema de desagües de la ciudad;
que, por sus características y ubicación, algunas de estas estructuras pueden representar un riesgo para peatones, ciclistas y, particularmente, para niños, cuando carecen de elementos adecuados de protección o cuando las rejas existentes presentan deterioro, roturas, desplazamientos o dimensiones que permitan el ingreso accidental de personas;
que, resulta necesario adoptar medidas preventivas que permitan reducir riesgos y mejorar las condiciones de seguridad en el espacio público;
que, un relevamiento integral permitiría determinar el estado actual de las bocas de tormenta existentes, identificar aquellas que presentan situaciones de riesgo y establecer cuáles requieren la colocación de enrejados protectores, rejas o mallas de contención, según las características particulares de cada caso;
que, asimismo, dicho relevamiento permitiría establecer prioridades de intervención teniendo en cuenta factores tales como la ubicación de las bocas de tormenta, el tránsito peatonal y vehicular, la cercanía a establecimientos educativos, espacios deportivos, plazas y otros lugares de concurrencia pública, así como también el estado y las características de las estructuras existentes;
que, existen antecedentes en otros municipios de la Provincia de Buenos Aires donde se han impulsado medidas tendientes a incorporar rejas protectoras en bocas de tormenta como herramienta de prevención y seguridad;
que, resulta conveniente que las eventuales intervenciones sean determinadas a partir de un análisis técnico de cada boca de tormenta, procurando garantizar simultáneamente la seguridad de las personas y el adecuado funcionamiento del sistema de desagües pluviales; y
CONSIDERANDO que en la Décima Cuarta Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 20 de octubre de 2026, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Obras Públicas y Vialidad, que aconseja sancionar el mencionado proyecto;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
C O M U N I C A C I Ó N
ARTÍCULO 1°: Solicitar al Departamento Ejecutivo Municipal, a través del área que corresponda, que proceda a realizar un relevamiento integral de las bocas de tormenta existentes en el Partido de Saladillo, determinando su ubicación, estado de conservación y condiciones de seguridad.-
ARTÍCULO 2°: Solicitar que, como resultado del relevamiento establecido en el artículo precedente, se realice un análisis técnico individual de aquellas bocas de tormenta que, por sus características, ubicación o estado, puedan representar un riesgo para peatones, ciclistas o terceros, determinando en cuáles resulta necesario implementar medidas de protección.-
ARTÍCULO 3°: Solicitar al Departamento Ejecutivo que evalúe la colocación de enrejados protectores, rejas o mallas de contención en aquellas bocas de tormenta donde el análisis técnico determine que dicha intervención resulta necesaria y conveniente, priorizando los sectores de mayor circulación y aquellos próximos a establecimientos educativos, plazas, espacios deportivos y demás lugares de concurrencia pública.-
ARTÍCULO 4°: Solicitar que, en los casos en que se determine la necesidad de colocar dichos elementos de protección, se proceda a su instalación de manera progresiva, estableciendo prioridades de acuerdo con el nivel de riesgo identificado y la disponibilidad presupuestaria.-
ARTÍCULO 5°: Solicitar al Departamento Ejecutivo que, una vez finalizado el relevamiento establecido en el Artículo 1, informe a este Honorable Concejo Deliberante el resultado del mismo.-
ARTÍCULO 6°: Comunicar al Departamento Ejecutivo Municipal, dar al Registro Oficial, cumplir, publicar y archivar.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los veinte días del mes de octubre del año dos mil veintiséis.-
COMUNICACIÓN N° 36/2026.-