VISTO el expediente N° 316/2023, iniciado por el Bloque del Frente de Todos, quién eleva proyecto de Comunicación solicitando al Departamento Ejecutivo informe sobre la implementación de la Ordenanza Nº 135/2018;

que, mediante la Ordenanza Nº 135/2018  se crea en el Partido de Saladillo el Programa de Promoción de la Producción Agropecuaria Sustentable; y tiene como objetivo fomentar y facilitar prácticas de trabajo que preserven los recursos naturales existentes y permitan diversificar la producción;

que, la misma entiende como producción sustentable a la capacidad de poder mantener los aspectos biológicos en su productividad y diversidad a lo largo del tiempo, y de esta manera ocuparse por la preservación de recursos naturales diversos;

que, prevé la incorporación a lo propuesto en la Ordenanza otros tipos de producción, así como metodologías de trabajo que respeten la consigna de preservación de los recursos naturales y culturales de nuestro Partido, así como también cooperar a la diversificación de producción;

que, esta Ordenanza crea un registro de predios incluidos bajo este régimen, el cual será llevado adelante por la Secretaría de Desarrollo Local del Municipio; o la que en su momento la reemplace;

que, para gozar de estos beneficios es condición que los predios y productores estén incluidos en dicho registro para acceder a los beneficios enumerados en la Ordenanza;

que, la Secretaría de Desarrollo Local podrá visitar los predios mencionados a efectos de constatar la producción a registrar, así como también a promover los beneficios de la presente;

que, entre las ventajas y beneficios del Programa, se establecen, Exenciones Impositivas, como la exención de la tasa de red vial municipal y/o seguridad e higiene, según diferentes características; acceso a Créditos, destinándose un 30% del total anual de la Partida Municipal de Fomento a los Microemprendimientos y de Fomento a la Producción; Asesoramiento y Capacitación, siendo la Secretaría de Desarrollo Local la que coordinará programas de asesoramiento particular o general, capacitación con partidas municipales ya existentes en la órbita de la Secretaría, así como también capacitaciones vigentes con el Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (I.N.T.A.), Servicio Nacional de Seguridad Agroalimentaria (SE.NA.SA.), Universidad Nacionales, Ministerios de Agroindustria de Provincia de Buenos Aires y de la Nación, Colegios Profesionales, gremiales agropecuarias, asociaciones de productores, particulares; Mercados, se prevé que  accedan a los sistemas de venta organizados por la Secretaría de Desarrollo Local;

que, es necesario contar con datos que permitan analizar y evaluar los resultados de la aplicación de la presente ordenanza, a fin de fortalecer si es necesario, la difusión y concientización sobre las ventajas de este programa, siendo este una oportunidad real para emprendedores y un elemento más, que sumado a otros fomente las practicas productivas sustentables, y así avanzar en la implementación del mismo sumando nuevos proyectos productivos; y

CONSIDERANDO que en la Décima Sexta Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 07 de noviembre de 2023, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad, el despacho de la Comisión de la Producción, que recomienda sancionar el mencionado proyecto;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente

C O M U N I C A C I Ó N

ARTÍCULO 1°: Solicitar al Departamento Ejecutivo, que a través de la Secretaría de Desarrollo Local, informe acerca de la implementación del Programa de Promoción de la Producción Agropecuaria Sustentable, según Ordenanza Nº 135/2018, en los siguientes aspectos:

  1. Predios y producciones incluidos en el Registro de Producciones Agropecuarias Sustentables, actualizado al presente año.
  2. Cantidad de productores que han sido beneficiados en los últimos dos años con el Programa, especificando por cada una de las posibilidades:
    1. Créditos otorgados.
    1. Participación en Mercados.
    1. Exención en Tasas Municipales.
    1. Capacitaciones y asesoramiento.
  3. Ubicación de los emprendimientos.
  4. Curva comparativa de adhesiones al Programa de Promoción de la Producción Agropecuaria Sustentable, Ordenanza Nº 135/2018, desde su implementación.

ARTÍCULO 2°: Comunicar al Departamento Ejecutivo, dar al Registro Oficial, cumplir, publicar y archivar.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los siete días del mes de noviembre del año dos mil veintitrés.-

COMUNICACIÓN N° 39/2023.-

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