VISTO que se ha incorporado al patrimonio municipal las tierras del ex FFCC Provincial Buenos Aires(Ordenanza que ha sancionado este Cuerpo); y
CONSIDERANDO que se ubican las mismas en un sector urbanizado con una infraestructura adecuada para asentamientos poblacionales y/o espacios verdes planificados para la salud física y mental al tiempo de ser un aporte a la ecología lugareña;
que, es responsabilidad del Gobierno planificar las expansiones de sus ciudades, respetando la ley de uso de suelo vigente;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de facultades que le son propias, acuerda y sanciona la siguiente
C O M U N I C A C I Ó N
ARTICULO 1°: Solicítase con carácter prioritario abordar el estudio, planificación y elevación de documentación legal de las tierras del Ex FFCC Provincial Buenos Aires que actualmente es titular el Municipio para los destinos y con las recomendaciones siguientes:
*Respetar en el plano de las tierras precitadas las prolongaciones de todas las calles existentes, procediendo a la apertura de las mismas con sus medidas reglamentarias.
*Asignar destinos tentativos a cada una de las manzanas que quedan delimitadas.
*Realizar las obras de nivelación necesarias en función del escurrimiento de las aguas por su pendientes naturales (apertura de calles con pendiente canal 17).
ARTICULO 2°: Recomendar la coordinación de acciones con la Sociedad de Fomento Barrio San Cayetano, a fin de concretar el esfuerzo de esos vecinos impresados a construir un campo de deportes, cuyas obras han sido iniciadas en las manzanas ubicadas entre José Ingenieros y Mariano Acosta, ex tierras FFCC Provincial Buenos Aires.
ARTICULO 3°: La propuesta de la cesión mencionada en el artículo segundo deberá ser planteada con cargo a la construcción del campo de deportes.
ARTICULO 4°: Se recomienda elevar a la brevedad posible para la aprobación de este Honorable Concejo Deliberante la documentación que surja de la puesta en marcha y/o cumplimiento de lo sugerido por el artículo primero de la presente.
ARTICULO 5°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los veintitrés días del mes de mayo de mil novecientos ochenta y ocho.
COMUNICACIÓN N° 4/88.-