VISTO el expediente N° 259/2024, iniciado por el Bloque Unión por la Patria, quién eleva proyecto de Comunicación solicitando informe sobre la nómina de supermercados que ponen en práctica la Ordenanza N° 37/2023 – Hora Silenciosa-;
que, el día 23 de mayo de 2023 se sancionó la Ordenanza N° 37/2023, que regula la aplicación de la “Hora Silenciosa” en supermercados del partido de Saladillo;
que, la sanción de la misma surge del expediente N° 95/2023, iniciado por la Profesora Magalí Malak y Gerónimo Roca, quienes elevan nota adjuntando proyecto referente a implementar “Horas Silenciosas” en supermercados;
que, el estado municipal debe favorecer políticas públicas orientadas a la accesibilidad y que todas las personas tienen el mismo derecho a participar de actividades y ocupaciones propias a su rol;
que, en Argentina no hay estudios de cifras de prevalencia, pero en 2018 la agencia C.D.C. de los Estados Unidos publicó una prevalencia de 1 en 59. Actualmente y llevado a la población argentina, el número creció, “1 de 36 niños/as en edad escolar tiene Condiciones del Espectro Autista según la C.D.C.* de Estados Unidos. Este número nos invita a reflexionar sobre la importancia de construir una sociedad más amable. (C.D.C.: Centros para el Control y la Prevención de Enfermedades / Estados Unidos. Datos relevados en 2020 y presentados recientemente);
que, “Hay personas dentro espectro autista que ante la profusión de estímulos sufren lo que se conoce como sobrecarga sensorial: acumulan estresores hasta que explotan en una crisis conductual o de ansiedad”, describe el Licenciado Matías Cadaveira. “Esto explica por qué, por ejemplo, una persona dentro del espectro autista está tranquilo y de golpe hace un berrinche en el supermercado”, completa;
que, la integración sensorial fue definida por la Terapista Ocupacional A. Jean Ayres quien acuñó este término como el “déficit en el procesado de sensación desde el cuerpo y el ambiente”. Es un desorden neurológico que dificulta el tomar, interpretar y responder a la información sensorial que recibimos desde nuestro propio cuerpo y desde el ambiente, en forma apropiada y flexible (conducta adaptativa);
que, los sentidos sensoriales y procesamiento sensorial son la puerta de entrada de toda la información y conocimiento del mundo y de nosotros mismos, la información sensorial codifica y da sentido a la experiencia, es de suma importancia para la supervivencia, esto permiten crear un esquema corporal y un esquema ambiental, necesario para cualquier conducta, accionar o interacción del individuo y que el eficiente uso de esta información sensorial es central para el desempeño y afecta todos los dominios de la conducta, por lo tanto los “desórdenes de integración sensorial” resultan en problemas sociales, emocionales, motores y/o funcionales;
que, para los y las familiares de personas dentro del aspecto autista, esto se traduce en la dificultad de salir de compras como lo hace la mayoría. Se viven situaciones de mucha tensión, tanto para el niño/a; como también para su familia por ser el blanco de las miradas ajenas. Lo que para muchos es algo que pueden hacer sin inconvenientes, para otros es muy intenso y angustiante;
que, el estrés es aquello que impone demandas de ajuste a un individuo y las reacciones de estrés o respuestas conductuales del proceso se refieren a las demandas ambientales, eventos o fuerzas. El ambiente puede ser recurso de satisfacción, pero también de irritación y molestia, y frecuentemente es ambos a la vez;
que, esta tendencia típica de la percepción del ambiente y el propio cuerpo está directamente relacionada con el contexto y cómo la estimulación ambiental puede generar un nivel óptimo para la respuesta y/o estrés ; por lo tanto es fundamental, para analizar conductas y respuestas, tener en cuenta en qué ambiente se está desarrollando y cómo estos contextos pueden influir en los procesos de aprendizaje, sea en la escuela, en el hogar, en el trabajo, en un espacio recreativo o en un supermercado;
que, la medida de incorporar “la hora silenciosa” en supermercados, beneficia a muchas familias saladillenses que tengan algún integrante de con una condición dentro del espectro del autismo, también a aquellas personas que tienen desórdenes sensoriales como los mencionados en la fundamentación; y
que la implementación de “la hora silenciosa” es exigible a todos los supermercados que estén dentro del territorio del Partido de Saladillo;
que, se entiende como “hora silenciosa” a un tiempo específico, que será como mínimo de 60 minutos;
que, el objetivo de la norma es comunicar públicamente y coordinar entre las áreas del Departamento Ejecutivo que tengan incumbencia y los comercios incluidos, el día y el horario determinado que tendría carácter de inamovible, para evitar las reprogramaciones y cambios y como mínimo pudiera implementarse 3 veces semanales;
que, durante la “Hora Silenciosa”, los comercios debieran configurar el sonido de música o publicidad como máximo a 65 decibeles, la luz será tenue no superando los 300 Lux y moderar la cantidad de gente en relación a los metros cuadrados, asesorados por la Unidad de Discapacidad y Consejo de Accesibilidad o área que desarrolle tareas afines;
que, dentro del organigrama municipal existe la Dirección de niñes, familia y discapacidad, quien tiene la responsabilidad de ejecutar las normas vigentes en relación a la accesibilidad;
que, es responsabilidad del Departamento Ejecutivo Municipal, dar al Registro Oficial, cumplir, la citada Ordenanza; y
CONSIDERANDO que en la Décima Cuarta Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 08 de octubre de 2024, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Desarrollo Social, Género, Diversidad y Derechos Humanos, que aconseja sancionar el mencionado proyecto;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
C O M U N I C A C I Ó N
ARTÍCULO 1°: Solicitar al Departamento Ejecutivo informe sobre la nómina de supermercados que ponen en práctica la ordenanza 37/2023.-
ARTÍCULO 2°: Solicitar al Departamento Ejecutivo informe las medidas de promoción que al respecto del cumplimiento de la misma, se llevan a cabo.-
ARTÍCULO 3°: Comunicar al Departamento Ejecutivo Municipal, dar al Registro Oficial, cumplir, publicar y archivar.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los ocho días del mes de octubre del año dos mil veinticuatro.-
COMUNICACIÓN N° 43/2024.-