VISTO el expediente N° 269/2024, iniciado por el Bloque de Unión por la Patria, quien eleva proyecto de Comunicación solicitando al Departamento Ejecutivo informe sobre las medidas adoptadas para la prevención, control y vigilancia del dengue;

que, el dengue es un problema creciente para la Salud Pública, debido a varios factores: el cambio climático, el aumento de la población, la inadecuada recolección de residuos y la gran producción de recipientes descartables que sirven como criaderos de mosquitos;

que, el Dengue es una enfermedad viral transmitida por la picadura del mosquito Aedes aegypti. Cuando el mosquito se alimenta con sangre de una persona enferma de dengue y luego pica a otras personas les transmite esta enfermedad. El contagio sólo se produce por la picadura de los mosquitos infectados, nunca de una persona a otra, ni a través de objetos o de la leche materna;

que, algunos casos de dengue pueden evolucionar a formas graves, poniendo en riesgo la vida;

que, las medidas más importantes son la prevención y la vigilancia;

que, en el último brote de Dengue ocurrido en el año 2020, el municipio de Saladillo fue la localidad con la tasa más alta de Dengue en la Región Sanitaria X;

que, de no implementar acciones de prevención en esta época del año se corre el riesgo de tener un nuevo brote durante los meses de verano

que, en vista de la situación epidemiológica se proyecta un aumento considerable de casos en todo el país; y

CONSIDERANDO que en la Décima Quinta Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 22 de octubre de 2024, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Salud Pública, Ecología y Medio Ambiente, que aconseja sancionar el mencionado proyecto;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente

C O M U N I C A C I Ó N

ARTÍCULO 1°: Solicitar al Ejecutivo Municipal que a través de las áreas que corresponda informe las medidas que se están implementando para la prevención, control y vigilancia de Dengue.-

ARTÍCULO 2°: Comunicar al Departamento Ejecutivo Municipal, dar al Registro Oficial, cumplir, publicar y archivar.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los veintidós días del mes de octubre del año dos mil veinticuatro.-

COMUNICACIÓN N° 45/2024.-

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