VISTO los expedientes nº 161/97 y 75/97 iniciados por la Sociedad de Bomberos Voluntarios de Saladillo que eleva nota solicitando modificación de la Ordenanza Nº 70/96 donde se beneficiara a dicha Institución con la excepción del pago de servicios sanitarios y del Fondo de Obras Públicas; y
CONSIDERANDO que en la Décima Primera Sesión Ordinaria llevada a cabo el día 8 de setiembre de 1997, este Honorable Cuerpo aprobó el despacho de la Comisión de Presupuesto y Hacienda a través del cual se solicita al Departamento Ejecutivo informe con respecto a cobranzas en las Institución y locales de su propiedad adyacentes;
por todo ello, el HONORABLE CONCENO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
C O M U N I C A C I O N
ARTICULO 1º: Solicítase al Departamento Ejecutivo que informe, a través del área que corresponda, si está gravada con Servicios Sanitarios y Fondo de Obras Públicas la sede de la Sociedad de Bomberos Voluntarios o solamente los locales de propiedad de la Institución que están alquilados a distintos comerciantes.-
ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los ocho días del mes de setiembre de mil novecientos noventa y siete.-
COMUNICACION Nº 47/97.-