VISTO el expediente nº302/88 – Alcance 4, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante expediente nº 1075/93 – Alcances 1 y 2, a través de los cuales eleva nota adjuntando solicitud de los Señores Paladino y Giustozzi, referente a extensión de Línea local Nº1 de micro-ómnibus, desde Saladillo hasta Del Carril y Polvaredas, respectivamente; y

CONSIDERANDO que en la Décima Sexta Sesión Ordinaria llevada a cabo el día 20 de noviembre del año 1995, el Honorable Cuerpo aprobó el despacho de la Comisión de Peticiones y Ordenanzas que en su parte pertinente dice: “… entendiendo lo preceptuado por el artículo 232º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto-Ley 6769/58 y sus modificatorias, en el sentido que “La Concesión de Servicios Públicos a particulares se efectuará exclusivamente por Licitación Pública”, cree indispensable dar cumplimiento al mismo, por lo que se envía al Poder Ejecutivo para que proceda conforme a la Ley”;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente

C O M U N I C A C I O N

ARTICULO 1º: Gírese los expedientes nº1075/93 – Alcances 1 y 2, iniciados por los Señores Paladino y Giustozzi, referente a extensión de línea local Nº1 de micro-ómnibus, desde Saladillo hasta Del Carril y Polvaredas, respectivamente, para que proceda conforme al artículo 232º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto-Ley 6769/58 y sus modificatorias, en el sentido que “La Concesión de Servicios Públicos a particulares se efectuar  exclusivamente por Licitación Pública”.-

ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los veinte días del mes de noviembre del año mil novecientos noventa y cinco.-

COMUNICACION Nº53/95.-

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