VISTO el expediente nº 163/06, iniciado por el Bloque Frente para la Victoria, que eleva proyecto de Comunicación solicitando al Departamento Ejecutivo el Organigrama de Funcionarios Municipales;
que, el artículo 181º de la Carta Orgánica Municipal y las Ordenanzas 45/93 y su modificatoria Nº 13/97;
que, las Ordenanzas precitadas determinan el Organigrama del Departamento Ejecutivo Municipal en lo que hace a Secretaría, Sub-Secretaría, Direcciones y sus respectivas competencias;
que, según el artículo 181º de la Ley Orgánica Municipal es el Concejo Deliberante mediante Ordenanza quien deslinda sus funciones y competencias así como las estructuras de las distintas Secretarías;
que, este esquema de cargos Jerárquicos que debe ser aprobado por Ordenanza tiene su correlato en el Presupuesto a asignar en cada área, así como en los sueldos que corresponden por Personal Superior y Jerárquico;
que, el actual organigrama que se encuentra en funcionamiento en el Municipio de Saladillo no coincide con las Ordenanzas que lo reglamentan;
que, puedan tomarse ejemplos muy claros en dos áreas del Municipio: La Ordenanza Nº 45/93 y su modificatoria contempla un Director de Cultura, dependiente de la Secretaría de Gobierno, en la práctica funciona: un Secretario de Cultura, Educación y Derechos Humanos, con dos direcciones a su cargo; se desconoce misión y función del Secretario, y del Director de Educación, sí está por Ordenanza el rol del Director de Cultura;
que, las diferencias de Jerarquía determinan también diferencias en los haberes según escala de sueldo del Personal Superior y Jerárquico;
que, la misma situación se repite en el Area de Salud y Desarrollo Social, donde por Ordenanza debe funcionar una Dirección de Salud y una Dirección de Acción Social, dependiente de la Secretaría de Gobierno y funciona: una Sub Secretaría de Acción Social y Salud con un Director de Salud, un Director de Acción Social, un Director de Infancia y Capacidades Diferentes que no se sabe cual es su competencia ni su dependencia;
que, existen otros casos de cargos que no corresponden por Ordenanzas como: Sub Secretario de Deportes ¿Cuál es la dependencia?; Sub Secretario de Asesor Técnico Contable, Sub Secretario de Planificación Vial, etc.;
que, al no contar con las funciones y competencias de cada Secretaría, Sub Secretaría y Direcciones se presupone duplicacióm de funciones en el mismo tema: ejemplo: Directora de Infancia y Capacidades Diferentes, Directora de Acción Social, la Acción o Promoción Social, incluye la atención de la infancia, la adolescencia y las capacidades diferentes, etc., etc.;
que, en lo que hace a Capacidades Diferentes existe una Ordenanza, la Nº 27/92 que no ha sido derogada, se encuentra en vigencia y no funciona en la práctica;
que, por lo expuesto y ante la imposibilidad de de realizar un seguimiento de las políticas en cada Area como así también el contacto con los funcionarios y el análisis presupuestario; y
CONSIDERANDO que en la Décima Tercera Sesión Ordinaria llevada a cabo el día 10 de octubre de 2006, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el mencionado proyecto de Comunicación;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
C O M U N I C A C I O N
ARTICULO 1º: Solicítase al Departamento Ejecutivo Municipal el Organigrama de Funcionarios correspondiente al año 2006, especificando misión, función y responsable con nombre y apellido de cada Secretaría, Sub Secretaría y Dirección como así también presupuesto asignado a cada área por planes y programas.-
ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase publíquese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los diez días del mes de octubre del año dos mil seis.-
COMUNICACION Nº 54/06.-