VISTO que la Sala de Primeros Auxilios de Del Carril carece de leche para el suministro a vecinos indigentes; y
CONSIDERANDO que velar por la Salud de la población es prioridad número uno para este Concejo;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones acuerda y sanciona la siguiente
C O M U N I C A C I Ó N
ARTICULO 1°: Solicítase al Departamento Ejecutivo provea de sesenta (60) litros de leche mensuales a la Sala de Primeros Auxilios de Del Carril, en las medida de la posibilidades de la subsecretaría de Acción Social.
ARTICULO 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los treinta y un días del mes de octubre de mil novecientos ochenta y ocho.
COMUNICACIÓN N° 79/88.-