VISTO que la Localidad de Polvaredas cuenta con una densidad de población, que la ubica en la segunda en cuanto a las Localidades del Interior; y
CONSIDERANDO que si brindamos mejor atención de la salud, vamos a lograr tener un potencial humano superior para el más rápido desarrollo de nuestra Patria Chica;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones acuerda y sanciona la siguiente
C O M U N I C A C I Ó N
ARTICULO 1°: Solicítase al Departamento Ejecutivo arbitrar los medios a su alcance a efectos de dotar de Servicio de Ambulancia a la Localidad de Polvaredas.
ARTICULO 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.
DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los siete días del mes de julio de mil novecientos ochenta y seis.
COMUNICACIÓN N° 15/86.-