VISTO el expediente nº 240/2018, iniciado por la Concejal María Mancini del Bloque Unidad Ciudadana, quién eleva proyecto de Comunicación solicitando al Departamento Ejecutivo hacer efectivo el cumplimiento de la Ordenanza nº 39/2016 referido a un nomenclador actualizado de calles;

que, la Ordenanza Nº 39/2016, sancionada con fecha 02/ 08/ 2016,   referente a contar con un Nomenclador actualizado de las calles y pasajes de la ciudad de Saladillo, y la Comunicación N° 60/2017, donde se solicita la efectiva aplicación de la Ordenanza mencionada;

que, dicha Ordenanza fue aprobada por unanimidad en la sesión correspondiente en el año 2016;

que, a la fecha dicha Ordenanza no ha sido  reglamentada;

que, no ha sido aplicada, siendo que es “una regla general cuyo cumplimiento compete al Departamento Ejecutivo”, según lo establece la carta Orgánica de las Municipalidades y el Reglamento Interno de la Municipalidad de Saladillo en su artículo 42º;

que, esta gestión de gobierno ha creado la Dirección de Sistemas Informáticos y Soluciones Digitales dependiente de la Secretaria de Desarrollo Local, lo que indicaría que esta información podría ya estar disponible en la web para su consulta general;

que, se citan los fundamentos de dicha Ordenanza a fin de reafirmar la importancia de su efectiva aplicación:

Ø   contar con un Nomenclador  Oficial actualizado de los nombres de las calles y pasajes, su orientación geográfica, sentido de circulación y numeración serviría como consulta a las actividades propias del ámbito del estado municipal en sus distintas áreas y reparticiones;

Ø   la Secretaría de Obras y Servicios  Públicos y la Dirección de Catastro trabajan permanentemente sobre ubicación barrios, calles, veredas,  redes de agua, energía eléctrica, cloacas, gas, entre otros;

Ø   en diferentes sitios web se encuentran mapas y  nóminas de calles de Saladillo, pero ninguno de ellos pertenece a un sitio oficial;

Ø   existen libros con mapas y nómina de calles de Saladillo, pero que los mismos no pertenecen al ámbito oficial y pierden vigencia en tanto se trazan nuevas calles o se imponen nuevos nombres;

Ø   los nuevos loteos realizados en la ciudad de Saladillo y en otras localidades han exigido el trazado de nuevas calles y la imposición de los nombres respectivos;

Ø   esto genera la necesidad permanente de actualización de la nómina de calles y pasajes, y  de los mapas y planos correspondientes;

Ø   en la tarea legislativa también se requiere en muchas ocasiones de contar con un Nomenclador  Oficial de nombres  de calles para corroborar la existencia o no de un nombre;

Ø   existen ordenanzas donde hay datos referidos a calles, nombres, y ubicación de las mismas pero que no es una documentación que unifique estos datos para una consulta ordenada y de fácil acceso;

Ø   no todas las calles cuentan con  carteles que identifiquen el nombre, sentido de circulación y numeración;

Ø   el nomenclador  referido y planos deben complementarse como datos catastrales de la ciudad de Saladillo y de las localidades del interior;

Ø   sería de utilidad informativa para los vecinos de Saladillo, para la ciudadanía en general, instituciones, profesionales, empresas, industrias, comercios, medios de comunicación, policía y bomberos voluntarios, hospitales y sistemas de información satelital;

Ø   es necesario que el estado municipal pueda ofrecer la mayor cantidad de datos actualizados sobre el partido;

que, diferentes vecinos y organismos de reparticiones del estado interesados en consultar este Nomenclador han concurrido a la Oficina de catastro de la Municipalidad de Saladillo, y la información con la se cuenta es acotada, desactualizada, y desorganizada para su consulta;

que, vecinos de Saladillo, han solicitado se le dé nombre a la calle donde tienen su domicilio, sin estar enterados de que esa calle tiene nombre impuesto, dado que no se ha comunicado ni hay registro en ningún sitio oficial público;

que, esta situación perjudica a los vecinos en términos de la provisión y pago de servicios público, como de otras cuestiones donde es necesario contar con un dirección postal;

que, esto es atribución y obligación del Estado Municipal; y

CONSIDERANDO que en la  Novena Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 14 de agosto de 2018, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad sancionar el mencionado proyecto;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente

C O M U N l C A C l Ó N

ARTICULO 1°: Solicítase al Departamento Ejecutivo haga efectivo el cumplimiento de la Ordenanza 39/2016 referida a que el Estado Municipal cuente con un Nomenclador  actualizado de las calles, avenidas y pasajes de la ciudad de Saladillo y de las localidades del interior con su orientación geográfica, sentido de circulación, y numeración correspondiente, siendo este nomenclador parte complementaria de planos actualizados de la ciudad y de planos de las localidades del interior, según lo establecido en los artículos 1°, 2°, 3°,  4° y  5° de la mencionada Ordenanza.-

ARTICULO 2°: Actualícese  periódicamente la información de este nomenclador y publíquese.-

ARTICULO 3°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-

DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los catorce  días del mes de agosto del año dos mil dieciocho.-

COMUNICACION Nº 17/2018.-

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