VISTO el expediente nº 241/2018, iniciado por el Bloque Unidad Ciudadana, quién eleva proyecto de Ordenanza referente a crear el Programa Municipal de Garrafas en Saladillo;

que, más de dos mil familias del Partido de Saladillo consumen gas envasado;

que, en el año 2015 el Estado Nacional implementó el Programa Hogar, el cual garantiza un subsidio económico mensual a las familias cuyas viviendas no cuenten con conexión a la red de gas natural, y cuyos ingresos mensuales familiares no sean superiores a dos Salarios Mínimos Vitales y Móviles ($19.000), o a tres en el caso en que uno de los miembros de la familia posea certificado de discapacidad ($28.500);

que, la finalidad del programa es redireccionar los subsidios de la cadena de oferta, a la demanda;

que, actualmente los beneficiarios pueden inscribirse personalmente en las oficinas de ANSES o a través de la página web, en cumplimiento con las disposiciones vigentes;

que, en la Resolución 287-E/2017 de la Secretaría de Recursos Hidrocarburíferos  publicada en el Boletín Oficial el 1º de diciembre de 2017, modificó  el precio de referencia del Gas Licuado Envasado y a partir de esa fecha el precio en las fraccionadoras se fijó en $90,81, elevando una vez más el valor, por ejemplo, de la garrafa de 10 Kg. en toda su cadena de comercialización;

que, nuestra ciudad cuenta con aproximadamente 9.000 conexiones de gas natural de red domiciliaria y que más de 2.000 familias consumen o son potenciales consumidores del gas envasado;

que, la cadena de comercialización no siempre respeta el precio máximo de referencia fijado para la venta al consumidor, de lo cual resulta un claro perjuicio al bolsillo de los trabajadores; y

                                                              CONSIDERANDO que en la Novena Sesion Ordinaria, llevada a cabo el dia 14 de agosto de dos mil dieciocho este Honorable Cuerpo  aprobó el despacho de la Comision de Desarrollo Social  y Derechos Humanos , que aconseja sancionar una  Comunicación;

por todo ello, el HONORABLE  CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente

C O M U N l C A C l O N

ARTICULO 1º: Solicítase al Departamento Ejecutivo, a través del área que corresponda, garantice la oferta de gas licuado envasado a precio de referencia en todo el territorio del Partido de Saladillo.-

ARTICULO 2º: Solicítase al Departamento Ejecutivo que se garantice el Artículo 1º, a través de los siguientes objetivos:

a) Articular con ANSES la difusión del Programa Hogares con Garrafas.-

b) Difundir en todos los comercios y edificios públicos del Partido de Saladillo y en los medios de comunicación los precios máximos de referencia para la venta en toda la cadena de comercialización del gas licuado envasado en garrafas.-

c) Garantizar la compra de gas envasado al precio de referencia, estableciendo puntos de accesibilidad en distintos puntos del partido de Saladillo.-

ARTICULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-

DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los catorce días del mes de agosto del año dos mil dieciocho.-

COMUNICACION Nº 20/2018.-

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