VISTO el expediente nº 150/03, iniciado por los Concejales de Iraola y Gorosito -Bloque “El Frente”-, que elevan proyecto de Comunicación solicitando al Departamento Ejecutivo dé cumplimiento a la Ordenanza Nº 87/87 referente conformación de una Junta de Ascensos y Promociones;
que, la mencionada Ordenanza establece el marco jurídico que norma las relaciones entre el Estado Municipal y los trabajadores municipales;
que, dicha normativa, entre otras cuestiones, prevé la creación de una Junta de Ascensos y Promociones la cual -entre otras funciones- deberá coordinar la aplicación de los criterios de calificación de los agentes como así también confeccionar la nómina de los agentes que reúnan las condiciones requeridas para los ascensos;
que, tal cual se establece en el artículo 131 de la mencionada Ordenanza, “por lo menos una vez al año, todo agente de la administración municipal será calificado en su desempeño por los responsables que el Departamento Ejecutivo haya designado para cada área del Municipio”;
que, una vez efectuadas las calificaciones, las mismas “serán remitidas a la Junta de Ascensos y Promociones la que, una vez coordinados la aplicación de criterios intervinientes para su uniformidad, remitirá la nómina total al Departamento Ejecutivo para que tome conocimiento y dé el visto bueno y proceda posteriormente a la notificación de los agentes”;
que, por otra parte, tal cual lo expresa la Ordenanza en cuestión, esta Junta deberá atender los reclamos de los agentes municipales en todo lo inherente a ascensos y promociones;
que, ha sido un reclamo permanente del Sindicato de Trabajadores Municipales de Saladillo la posibilidad de alcanzar mejoras en las condiciones laborales de los trabajadores del sector, ya sea a partir de una recomposición salarial como así también a partir de la posibilidad de lograr ascensos dentro del plantel de trabajadores;
que, asimismo, en reiteradas oportunidades el Sindicato de Trabajadores Municipales de nuestra ciudad ha hecho hincapié en la necesidad de analizar la situación de revista, agrupamientos y clases que le correspondan a los trabajadores municipales, como así también todo lo atinente al progreso de los agentes municipales en el grupo ocupaciones en que revista o en el que pueda revistar como consecuencia de cambios de agrupamientos;
que, en este sentido, desde este Honorable Concejo Deliberante se ha venido trabajando en función de los reclamos efectuados por la representación gremial de los trabajadores a fin de poder efectivizar la concreción de sus pedidos;
que, a nadie escapa la necesidad de contemplar mejoras tanto en las categorías salariales como así también en sus correspondientes módulos a fin de poder actualizar los haberes de los trabajadores municipales; y
CONSIDERANDO que en la Sesión Extraordinaria llevada a cabo el día 29 de diciembre de 2003, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el mencionado proyecto de Comunicación;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
C O M U N I C A C I O N
ARTICULO 1º: Solicítase al Departamento Ejecutivo, dé cumplimiento en forma urgente a lo estipulado en la Ordenanza Municipal Nº 87/87 en lo referente a la conformación de una Junta de Ascensos y Promociones.-
ARTICULO 2º: Notifíquese de la presente al Sindicato de Trabajadores Municipales de Saladillo.-
ARTICULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los veintinueve días del mes de diciembre del año dos mil tres.-
COMUNICACION Nº 23/03.-