VISTO que la progresista Localidad de Polvaredas cuenta con una densa población, elemento que hace que sea la segunda de las Localidades del Interior, y

CONSIDERANDO que los pueblos que tengan buena atención de la salud, sin lugar a demasiado análisis, serán los que serán vanguardias para el crecimiento del País en producción que todos deseamos;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, que le son propias, sanciona la siguiente

C O M U N I C A C I Ó N

ARTICULO 1°: Reitérase al Departamento Ejecutivo, arbitre los medios a su alcance para dotar, en el menor tiempo posible, de una Ambulancia a la Localidad de Polvaredas.

ARTICULO 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los dos días del mes de noviembre de mil novecientos ochenta y siete.

COMUNICACIÓN N° 30/87.-

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