VISTO que la progresista Localidad de Polvaredas cuenta con una densa población, elemento que hace que sea la segunda de las Localidades del Interior, y
CONSIDERANDO que los pueblos que tengan buena atención de la salud, sin lugar a demasiado análisis, serán los que serán vanguardias para el crecimiento del País en producción que todos deseamos;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, que le son propias, sanciona la siguiente
C O M U N I C A C I Ó N
ARTICULO 1°: Reitérase al Departamento Ejecutivo, arbitre los medios a su alcance para dotar, en el menor tiempo posible, de una Ambulancia a la Localidad de Polvaredas.
ARTICULO 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los dos días del mes de noviembre de mil novecientos ochenta y siete.
COMUNICACIÓN N° 30/87.-