VISTO que muchos intereses comerciales atentan contra el auténtico sentido ético y moral de la belleza corporal; y

CONSIDERANDO que el arte y la pornografía son dos cosas opuestas, no pudiéndose confundir en una mente madura y sana; 

que, no escapa a nuestra comprensión que no ocurre lo mismo cuando estímulos pornográficos actúan sobre mentalidades infantiles y/o adolescentes;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, por unanimidad y en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente

C O M U N I C A C I Ó N

ARTICULO 1°: Recomieéndase al Departamento Ejecutivo de la Municipalidad de Saladillo adoptar las medidas necesarias tendientes a controlar que todo tipo de comercio y/o empresa que venda distintos elementos pornográficos (películas, libros, revista, espectáculos, propaganda en general, etc.) adopte los recaudos necesarios para que no sean presenciados o estén al alcance de menores de edad.

ARTICULO 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.

DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los cinco días del mes de noviembre de mil novecientos ochenta y cuatro.

COMUNICACIÓN  N° 43/84.-

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