VISTO la deficiente iluminación por focos sin encender que se aprecian en gran cantidad en el acceso de Avenida Rivadavia desde Avenida Saavedra al Cristo que no solo son un peligro latente para los transeúntes, si no que afecta la belleza que la misma entraña, y

CONSIDERANDO que el ente prestatario del servicio eléctrico tiene a su cargo el recambio de los focos del alumbrado público que, por otra parte abonan los vecinos frentistas,

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones acuerda y sanciona la siguiente

C O M U N I C A C I Ó N

ARTICULO 1°: Instase al Departamento Ejecutivo a hacer cumplir la Ordenanza respectiva por parte de la Cooperativa Eléctrica y Otros Servicios de Saladillo Limitada, procediendo en consecuencia a lo estipulado en las disposiciones vigentes.

ARTICULO 2°: Solicitando a la vez, se sirva informar a este Honorable Concejo Deliberante, si en el sector Avenida Rivadavia de Avenida Saavedra al Cristo, todos los propietarios pagan Tasa de Alumbrado Público.

ARTICULO 3°: Comuníquese, al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.

DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO,  a los veinticuatro días del mes de julio de mil novecientos ochenta y seis.

COMUNICACIÓN  N° 46/86.-

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