VISTO el expediente nº12/93, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante expediente nº316/93, por el cual solicita autorización a celebrar un Contrato de Alquiler de una propiedad por cuatro años, destinada al funcionamiento del Centro de Adultos y del Jardín de Infantes Nº908; y

CONSIDERANDO que en la Sesión Extraordinaria realizada el día 11 de marzo del año 1993, el Honorable Cuerpo aprobó el despacho de la Comisión de Educación y Asistencia Social, por la cual se solicita al Departamento Ejecutivo todos los antecedentes que permitan efectuar una evaluación adecuada del mismo.-  Para ello se entiende que el expediente se debe incorporar información ampliatoria que incluya: Emisión de criterio técnico de datos tales como: Matrícula – Polígono de influencia – Fundamentación de la necesidad de creación del servicio y todo aporte que contribuya a producir un dictámen con la mayor información posible;

que, si bien es cierto que el Consejo Escolar se expide solicitando el pago del alquiler al Departamento Ejecutivo, también es cierto que es fundamental contar con los antecedentes antes mencionado incluyendo características del inmueble que permitan evaluar las posibilidades del mismo, para que funcione en forma compartida un servicio de Educación Inicial y otro de Adultos;

que, se considera importante que dicho inmueble cuente con un acceso adecuado;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente

                       C O M U N I C A C I O N

ARTICULO 1º: Solicítase al Departamento Ejecutivo todos los antecedentes que permitan efectuar una evaluación adecuada del mismo.-

Para ello se entiende que el expediente debe incorporar información ampliatoria que incluya: Emisión de criterio técnico de la inspección del área con la inclusión de datos tales como:

– Matrícula.-

– Polígono de influencia.-

– Fundamentación de la necesidad de creación del servicio y todo aporte que contribuya a producir un dictámen con la mayor información posible.-

– Características del inmueble que permitan evaluar las posibilidades del   mismo, para que funcione en forma compartida un servicio de Educación Inicial y otro de Adultos, como así también un acceso adecuado.-

ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los once días del mes de marzo de mil novecientos noventa y tres.-

COMUNICACION Nº5/93.-

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