VISTO que de acuerdo a lo informado por la Dirección de Obras Sanitarias de la Provincia de Buenos Aires, el plazo para acordar la Provincialización de los servicios de aguas corrientes y cloacas, venció el 30 de Septiembre de 1986, y
CONSIDERANDO que el problema que puede llegar a ocasionar el mal funcionamiento de la planta de Cloacas, dadas las importantes deficiencias técnicas existentes, puede llegar a tener consecuencias gravísimas para la Ciudad de Saladillo, dado el alto grado de contaminación que se puede originar si no se toman en su debido tiempo las medidas atinentes a encontrar una solución de fondo,
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente
C O M U N I C A C I Ó N
ARTICULO 1°: Solicitar al Departamento Ejecutivo informe a este Cuerpo, a la mayor brevedad, cuales han sido las decisiones que se han tomado respecto a la firma del Convenio con la Dirección de Obras Sanitarias de la Provincia de Buenos Aires, en el sentido de la Provincialización de los Servicios de Aguas Corrientes y Cloacas.
ARTICULO 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.
DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los seis días del mes de octubre de mil novecientos ochenta y seis.
COMUNICACIÓN N° 73/86.-