VISTO el expediente nº 344/2012, iniciado por el Concejal Vladimir Wuiovich del Bloque de la U.C.R., que eleva proyecto de Comunicación reiterando las Comunicaciones Nº 3, 6, 11, 19, 31, 46, 55 y 84 del año 2012, ante la falta de respuesta del Departamento Ejecutivo;
que, aún no han sido respondidas por el Departamento Ejecutivo Municipal las Comunicaciones Nº 3, 6, 11, 19, 31, 46, 55 y 84, todas del año 2012;
que, en lo que va del año, se han sancionado noventa y tres (93) Comunicaciones de las cuales, hasta el momento de la presentación de este proyecto sólo se respondieron seis (6);
que, cada una de las Comunicaciones aprobadas por unanimidad por este Honorable Concejo Deliberante tiene por objeto solucionar distintas problemáticas planteada por vecinos de nuestra ciudad;
que, no hay motivos para que el Municipio no responda a las inquietudes planteadas;
que, la Ordenanza Nº 21/04 establece como términos máximos para la contestación de las Comunicaciones y pedido de informes producidos por el Honorable Concejo Deliberante y dirigidos al Departamento Ejecutivo, hasta sesenta días, para el caso de no ser cumplido el plazo precitado, se reiterará la Comunicación, debiendo ser respondida en un plazo no mayor a 20 días hábiles;
que, si bien los plazos de contestación no se reglamentan por leyes provinciales, el artículo 108 de la Ley Orgánica de las Municipalidades reza que “Constitiyen atribuciones y deberes, en general, del Departamento Ejecutivo, concurrir personalmente, o por intermedio del secretario o secretario de la Intendencia, a las Sesiones del Concejo cuando lo juzgue oportuno, o sea llamado por Decreto del Cuerpo, con una antelación de cinco (5) días para suministrar informes.- El Intendente podrá tomar parte en los debates, pero no votar.- La falta de concurrencia del Intendente o Secretarios cuando haya sido requerida por decreto, o la negativa de ellos a suministrar la información solicitada por dicho cuerpo, será considerada falta grave”;
que, en muchas oportunidades se pueden observar algunas respuestas a través de los medios de comunicación pero no se hacen efectivas las elevaciones correspondientes al Honorable Concejo Deliberante;
que, la Comunicación Nº 3, aprobada el 12 de marzo, en su artículo 1º le solicitó al Intendente Municipal que a través de las áreas correspondientes, arbitre los medios necesarios para la implementación del acuerdo de contraprestación firmado entre la Dirección de Vialidad de la Provincia de Buenos Aires y la Municipalidad de Saladillo, cuyo objeto tiende a llevar a cabo un programa de control de pesos y dimensiones, de los vehículos de cargas que circulan por las Rutas Provinciales ubicadas en la jurisdicción del Partido de Saladillo;
que, en el artículo 2º se solicitó que los controles también se realicen en los accesos no solo de la ciudad cabecera sino también en las localidades del interior y en los caminos rurales del Partido de Saladillo y se adjuntó copia del acta de acuerdo y de la Ordenanza Nº 33/2011;
que, la Comunicación Nº 6, aprobada el 27 de abril, le solicitó al Departamento Ejecutivo que a través del área correspondiente, repare en el menor plazo posible los semáfores que no funcionan debidamente y que periódicamente recorra todos los semáforos de la ciudad para que en caso de detectar un funcionamiento indebido se pida rápidamente la reparación;
que, la Comunicación Nº 11, aprobada el 15 de mayo, le solicitó al Departamento Ejecutivo, a través del área que corresponda, que informe los motivos por los cuales aún no se ha realizado la obra de ensanche de la Avenida Mariano Acosta y que informe lo planificado para la concreción de la obra estableciendo plazos concretos y cumplibles;
que, la Comunicación Nº 19, aprobada el 29 de mayo, le solicitó al Departamento Ejecutivo, a través del área que corresponda, que en el momento en que instale las cámaras de seguridad, contemple la posibilidad de ubicar una de ellas en un lugar estratégico de la Estación Terminal de Omnibus; que gestiones ante las autoridades policiales la presencia de un personal policial permanente en la Estación Terminal de Omnibus y que controle el debido cumplimiento de la Ordenanza Contravencional Nº 40/03, en cuyo Título VI, referente a la Estación Terminal de Omnibus, en los Capítulos I, II, III, IV, especifica las disposiciones que deben cumplir las Empresas de Transportes de Pasajeros, el público usuario, los Concesionarios y la publicidad;
que, la Comunicación Nº 31, aprobada el 12 de junio, le solicitó al Departamento Ejecutivo, a través del área que corresponda, que realice el debido mantenimiento de las calles de tierra a las cuales se aplicó el denominado “mejorado”;
que, la Comunicación Nº 46, aprobada el 27 de julio, le solicitó al Departamento Ejecutivo Municipal que, dentro de sus posibilidades, contemple la ejecución de la obra de asfalto en la calle Lope Serrano entre la calle Leandro N. Alem y la Avenida Mariano Acosta;
que, la Comunicación Nº 55, aprobada el 28 de agosto, le solicitó al Departamento Ejecutivo, a través del área que corresponda, que modifique en el recibo de pago de las Tasas Municipales, los lugares de cobro, ya que algunos de los puntos indicados son incorrectos y generan confusión en los contribuyentes y que informe lo planificado para la concreción del sistema de cobro por Red Link y la aplicación del Código de barras en el recibo de pago; y
CONSIDERANDO que en la Décima Sexta Sesión Ordinaria llevada a cabo el día 4 de diciembre de 2012, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el mencionado proyecto de Comunicación con modificaciones;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
C O M U N I C A C I O N
ARTICULO 1º: Reitérense al Departamento Ejecutivo Municipal, las Comunicaciones Nº 3, 6, 11, 19, 31, 46 y 55 del año 2012, porque aún no han sido respondidas.-
ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los cuatro días del mes de diciembre del año dos mil doce.-
COMUNICACION Nº 103/2012.-