VISTO el expediente nº 171/2017, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante expediente nº 3068/2017, quién eleva nota solicitando eximición del pago de las Tasas Municipales a favor de la Sociedad Protectora de Desválidos; y
CONSIDERANDO que en la Séptima Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 4 de julio de 2017, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el Despacho de la Comisión de Desarrollo Social y Derechos Humanos, que aconseja sancionar una Comunicación;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona el siguiente
C O M U N l C A C l O N
ARTICULO 1º: Solicítese al Departamento Ejecutivo Municipal, a través del área que corresponda, aplique la Ordenanza nº 72/1996 para eximir del pago de las Tasas Municipales a la Sociedad Protectora de Desválidos.-
ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los cuatro días del mes de julio del año dos mil diecisiete.-
COMUNICACION Nº 30/2017.-