VISTO el expediente nº 121/2017, iniciado por las Concejales María Mancini y María Marta Delucía del Bloque del Frente para la Victoria, quienes elevan proyecto de Comunicación solicitando al Departamento Ejecutivo el cumplimiento de la Ordenanza nº 50/2014, que crea un centro móvil de asistencia veterinaria;

que, el objetivo principal de este Centro Móvil de Asistencia Veterinaria es el de brindar asistencia sanitaria a canes y felinos domésticos y callejeros;

que, entre los fundamentos relevantes que avalan esta Ordenanza se destacan:

* Lo necesario de cubrir un área desprotegida y olvidada y la insuficiencia de Instituciones públicas que brinden atención espontánea y programada a pequeños animales en el ámbito de la ciudad de Saladillo.-

* El aumento notable de la cantidad de animales sin dueño en las calles lo que representa un problema para los vecinos por el peligro de mordeduras, el peligro de sanitarios y de accidentes que conllevan tantos animales sin control.-

* El Centro Móvil de Atención propuesto tendrá como acciones principales la vacunación, esterilización, desparasitación y la asistencia necesaria en casos de emergencia, así como brindar una adecuada asistencia, tratamiento, seguimiento y cuidado veterinario profesional.-

* La existencia de una normativa que disponga pautas claras y precisas que beneficien tanto a los animales como a sus dueños y tenedores responsables, ayuda a una relación armónica entre el hombre y el animal, así como el fin terapeútico y el control de zoonosis que necesariamente debe implementarse.-

*El desequilibrio demográfico aumenta las probabilidades de contacto con enfermedades originadas en los animales.-

* El objetivo de una campaña masiva, gratuita, extendida, sistemática y temprana, consistente en la esterilización agresiva de la población de animales domésticos y callejeros con el objetivo de equilibrar y controlar su demografía.-

* La esterilización quirúrgica resulta fundamental para evitar el celo y la falsa preñez, prevenir enfermedades graves y frecuentes, disminuyendo así la agresividad y el riesgo de vagabundeo o fuga, reduce los maullidos nocturnos y el olor fuerte y persistente de su orina.-

* El carácter gratuito del servicio del Centro está pensado, sobre todo, para muchos dueños de estos animales en situaciones de emergencia que no cuentan con los recursos económicos para que sus mascotas sean asistidas en un centro veterinario privado;

que, la Ordenanza nº 50/2014 establece en su artículo 2º: “El Centro Móvil de Atención Veterinaria tendrá por objeto la asistencia sanitaria de canes y felinos domésticos y callejeros, cuyo propietario o tenedor no pueda afrontar los gastos de un servicio profesional particular”;

que, en su artículo 4º, dice: “El Centro Móvil de Atención Veterinaria será competente en la vacunación antirrábica, guardia veterinaria, atención ambulatoria, realización de tratamientos antisárnicos, esterilización, desparasitación, atención de patologías de baja y mediana complejidad y toda otra asistencia veterinaria general.- Los servicios prestados por el Centro Móvil de Atención Veterinaria serán gratuitos”;

que, por otra parte en su artículo 11º, dice:”El Departamento Ejecutivo realizará una campaña masiva de concientización y sensibilización sobre la importancia de la adopción de animales domésticos, callejeros y tenencia responsable, control demográfico y sanidad animal”;

que, es una preocupación actual para vecinos y entidades de protección de animales, la atención deficiente a las distintas problemáticas que acarrean los animales callejeros y animales domésticos;

que, según la Ordenanza nº 50/2014, se ha creado el Centro Móvil de Atención Veterinaria, por lo que el efectivo cumplimiento de todo lo pautado en la misma cubriría en gran parte las necesidades de atención a animales domésticos y callejeros;

que, es obligación del Estado Municipal efectivizar el cumplimiento de toda normativa que asegure adoptar una política pública en relación a la problemática del cuidado de mascotas para preservar de esta manera la salud pública y una convivencia adecuada y respestuosa entre humanos y animales; y

CONSIDERANDO que en la Octava Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 01 de agosto de 2017, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Peticiones y Ordenanzas, que aconseja sancionar el mencionado proyecto;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente

C O M U N l C A C l O N

ARTICULO 1º: Solicítase al Departamento Ejecutivo Municipal, a través de las áreas correspondientes, efectivice el cumplimiento de la Ordenanza nº 50/2014, ejerciendo las atribuciones que la misma regula para el Estado Municipal.-

ARTICULO 2º: Impleméntese una amplia campaña de concientización para la tenencia responsable de mascotas, según lo establece el Artículo 11º de la Ordenanza referida.-

ARTICULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-

DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, al día uno del mes de agosto del año dos mil diecisiete.-

COMUNICACION Nº 33/2017.-

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