VISTO el expediente nº 198/2017, iniciado por el Profesor Luis Darío Nagore – Director E.E.S.T. Nº 1 – quién eleva nota adjuntando proyecto de Ordenanza referente a crear una senda peatonal sobreelevada en la esquina de la calle Joaquín V. Gonzalez y Alvarez de Toledo;
que, elfenómeno del tránsito, al efectuarse de forma masiva y simultánea, lleva consigo una serie de problemas que es necesario regular;
que, el establecimiento de un orden de prioridad en los desplazamientos que determine que usuario puede pasar en primer lugar y cuál debe ceder el paso a los demás usuarios;
que, la ley Nacional de Tránsito define a la senda peatonal como el sector de la calzada destinado al cruce de ella por peatones y demás usuarios de la misma;
que, la Ley de Tránsito obliga a que todo conductor ceda, siempre, el paso en las encrucijadas, al que cruza desde su derecha;
que, esta prioridad del que viene por la derecha es absoluta, y sólo se pierde cuando los peatones cruzan lícitamente la calzada por la senda peatonal, debiendo el conductor detener el vehículo;
que, la Defensoría del Pueblo de la Provincia de Buenos Aires elaboró un informe en el que muestra que el 44,8% de los muertos en siniestros de tránsito fueron peatones, como consecuencia de acciones equivocadas de los automovilistas pero también, en gran medida, porque los peatones cuzan mal o muestran conductas imprudentes;
que, en la intersección de lascalles Joaquín V. González y Alvarez de Toledo, situada la Escuela de Educación Secundaria Técnica Nº 1 de la ciudad de Saladillo, la marcación de sendas peatonales es inexistente;
que, la Escuela de Educación Secundaria Técnica Nº 1 de la Ciudad de Saladillo, aloja a 1000 personas por día entre alumnos y docentes en sus tres turnos, mañana, tarde y noche;
que, con la marcación de estas sendas, el ciudadano se ve obligado a respetar el cruce por las esquinas, mejorando así la organización urbana de la ciudad;
que, por otra parte, cuando la intersección de Joaquín V. Gonzalez y Alvarez de Toledo, debería estar despejada, muchas veces se encuentra ocupada por vehículos de mediano y gran porte, imposibilitando visión óptima, tanto para los peatones como para automovilístas que circulan y que doblan hacia otro sentido por esas calles;
que, la prohibición de estacionar en esquinas con mucho movimiento peatonal y vehicular, contribuirá a la óptima visibilidad de quienes transitan, posibilitando una mejor circulación y evitando probables accidentes;
que, el demarcado de las mismas sendas peatonales prohibirá el estacionamiento de vehículos en las esquinas; y
CONSIDERANDO que en la Octava Sesión Ordinaria, llevada a cabo el 01 de agosto de 2017, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Obras Públicas y Vialidad, que recomienda sancionar una Comunicación;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones acuerda y sanciona la siguiente,
C O M U N I C A C I O N
ARTICULO 1º: Solicítase la creación de una senda peatonal sobreelevada y marcado de senda peatonal según plano adjunto en anexo l, en la intersección de las calles Joaquín V. Gonzalez y Älvarez de Toledo de la ciudad de Saladillo, sito la Escuela de Educación Secundaria Técnica Nº 1.-
ARTICULO 2º: Solicítese el marcado de límites para estacionamiento vehicular en las esquinas.-
ARTICULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, al día primero del mes de agosto del año dos mil diecisiete.-
COMUNICACION Nº 36/2017.-