VISTO el expediente nº 15/07, iniciado por el Bloque del Frente para la Victoria, que eleva proyecto de Comunicación solicitando al Departamento Ejecutivo informe sobre los barrios que no cuentan con los servicios públicos;
que, la consulta de los vecinos de Saladillo de distintos barrios de la ciudad que no cuentan con el servicio de luz eléctrica en su domicilio;
que, de acuerdo al artículo 36, inc. 7) de la Constitución Provincial, la vivienda digna es uno de los Derechos Sociales fundamentales de los habitantes de la Provincia de Buenos Aires;
que, los servicios elementales básicos, agua potable, luz, cloacas, etc., son parte del hábitat sano;
que, de acuerdo con el artículo 52 de la Carta Orgánica “corresponde al Honorable Concejo Deliberante disponer la prestación de los Servicios Públicos como alumbrado, provisión de agua, obras sanitarias, desagües pluviales”, etc., etc.;
que, para poder proyectar normas es necesario contar con un diagnóstico de situación; y
CONSIDERANDO que en la Sesión Extraordinaria llevada a cabo el día 12 de marzo de 2007, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el mencionado proyecto de Comunicación;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
C O M U N I C A C I O N
ARTICULO 1º: Solicítase al Poder Ejecutivo y por su intermedio a la Secretaría de Obras y Servicios Públicos la siguiente información:
a) Cuántos hogares, consignados por barrio, no cuentan con el servicio de electricidad en su vivienda?
b) Cuántos hogares no cuentan con agua potable?
c) Cuántos hogares no tienen el Servicio de Cloacas?
ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los doce días del mes de marzo del año dos mil siete.-
COMUNICACION Nº 4/07.-