VISTO el expediente nº 246/2017, iniciado por los  Concejales Amaro Sarlo, María Mancini y Jorge Lenzi, del del Bloque del Frente para la Victoria, quiénes elevan proyecto de Comunicación solicitando al Departamento Ejecutivo informe sobre inspecciones realizadas a la empresa MG, que fabrica biocombustibles;

que, de acuerdo a la Ordenanza nº 40/2003 – Código Contravencional – y la Ordenanza nº 93/2011 – Ordenamiento territorial para nuestra ciudad -; la Ley Nacional General de Ambiente nº 25.675, las Leyes  Provinciales Nº 11.720 y 11.723 de Protección del Ambiente; y las Comunicaciones nº 19/2016 y 28/2017;

que, el día domingo 6 de agosto, se produjo un incendio de consideración en el predio donde funciona la Empresa MG que fabrica biocombustible, ubicada sobre Ruta Nacional Nº 205, ex predio de Los Grobo;

que, el incendio mencionado había sido generado por residuos de bidones de agroquímicos  arrojados a cielo abierto en una cava;

que, esta empresa además arrojaría afluentes de la fabricación de biocombustible sin ningún tipo de tratamiento;

que, dichos residuos, de ser los mencionados, deben tener tratamiento de residuos especiales por su alto grado de contaminación;

que, es obligación y responsabilidad del Estado controlar el tratamiento de residuos tóxicos;

que, de no ajustarse a las normas que regula el tratamiento de residuos, el Estado Municipal deberá aplicar sanciones correspondientes con la normativa vigente;

que, es necesario y obligación del Estado Municipal, velar por el cuidado de las condiciones ambientales y la salud de la población de Saladillo; y

CONSIDERANDO que en la Décima Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 29 de agosto de 2017, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad, el despacho de la Comisión de Salud Pública, Ecología y Medio Ambiente, que aconseja  sancionar el mencionado proyecto con modificaciones en los Vistos;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente

C O M U N l C A C l O N

ARTICULO 1º: Solicítese al Departamento Ejecutivo Municipal, que a través de las áreas correspondientes, informe a este Concejo Deliberante, acerca de las inspecciones periódicas realizadas por el Estado Municipal, en la empresa MG, respecto al tratamiento de residuos, previas a dicho siniestro. – De la misma manera, que medidas investigativas ha adoptado respecto del siniestro referido en cuanto a sus causas y al cumplimineto de las medidas de seguridad por parte de la empresa.-

ARTICULO 2º: Solicítese al Departamento Ejecutivo, un informe lo más amplio y detallado posible a Bomberos Voluntarios de Saladillo, respecto del siniestro.-

ARTICULO 3º: Infórmase a este Cuerpo Deliberativo, acerca de la existencia de denuncias sobre esta situación, y en caso afirmativo, el curso dado a las mismas.-

ARTICULO 4º: Solicítese, además, informe sobre el control e inspecciones realizadas al respecto sobre otras empresas de Saladillo, de características similares en relación a la generación de residuos tóxicos.- De la misma manera informe detalladamente cuáles son esas empresas.-

ARTICULO 5º: Efectivícese el cumplimiento de las Ordenanzas que hacen referencia al tratamiento de residuos tóxicos y/o residuos especiales, en todo el partido de Saladillo.-

ARTICULO 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los veintinueve días del mes de agosto del año dos mil diecisiete.-

COMUNICACION Nº 42/2017.-

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