VISTO el expediente nº 322/2017, iniciado por la Concejal Marta Macchi del Bloque del Frente Renovador, quién eleva proyecto de Ordenanza reglamentando el consumo de azúcar en los bares, estaciones de servicio, restaurantes, etc.;

que, el 14 de Noviembre se conmemora el “Día Internacional de la Diabetes”;

que la diabetes es una enfermedad producida por alimentación errónea y el consumo excesivo de azúcares;

que, los diferentes alimentos que poseen azúcar dentro de sus elementos hacen mal a la salud de algunas personas;

que, dicho aniversario es una forma de concientización sobre esta enfermedad silenciosa y cada vez más expandida;

que, combinado con actividad física y alimentación saludable puede retroceder su avance la enfermedad;

que, los alimentos muchas veces no vienen bien identificados, produciéndose el consumo sin saber su contenido;

que, para evitar el avance de la dicha dolencia, es necesario ejercer controles, como así también invitando a la toma de conciencia sobre una enfermedad prevalente y por lo tanto causante de un alto índice de incapacidad y muerte;

que, la alimentación desmedida del producto mencionado puede causar trastornos importantes y muchas veces graves;

que, el consumo excesivo de azucares es la principal causa de la Diabetes y es necesario que el paciente pueda disponer de elementos aptos para consumo, sin necesidad de que las personas que no lo padezcan puedan también disponer de azúcar;

que, el simple hecho de pedirla sería más accesible para el control de esta dolencia;

que, al no tener azúcar en la mesa se evita el consumo elevado de la misma ya que el individuo se controla por el hecho de tener que pedirla o levantarse a buscarla;

que, ya existe normativa en diferentes lugares del País, donde se toman medidas similares; y

CONSIDERANDO que en la Décima Quinta Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 14 de noviembre de 2017, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Salud Pública, Ecología y Medio Ambiente, que aconseja sancionar una Comunicación;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente

C O M U N I C A C I O N

ARTICULO 1º: Solicítase al Departamento Ejecutivo Municipal realizar controles en los comercios de alimentos  donde se consuma azúcar en forma de sobres individuales y/o consumo directo, para que no se encuentre azucares de ningún tipo en cada una de las mesas.- Se disponga en una mesa aparte sola en forma de mesa de condimentos, donde cada usuario pueda de allí servirse o simplemente pedirlo al mozo.-

ARTICULO 2º: El alcance de esta medida es para bares, restaurantes, estaciones de servicio, cafetería, pub y todo comercio que venda infusiones o comidas donde deba adicionarse el azúcar.-

ARTICULO 3º: Infórmese, de llevarse a cabo, mediante la Dirección de  Bromatología  o la oficina correspondiente a los comercios y/o negocios  los alcance de esta medida.-

ARTICULO 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los catorce días del mes de noviembre del año dos mil diecisiete.-

COMUNICACION Nº  64/2017.-

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