VISTO el expediente nº 337/2013, iniciado por el Concejo Deliberante Juvenil de Saladillo, que eleva Comunicación Nº 21/2013, solicitando al Departamento Ejecutivo información del servicio local;
que, el expediente 39/2013 iniciado por las Concejales González Nazaria y González Rocío que elevan proyecto de Comunicación solicitando al Departamento Ejecutivo un informe sobre el funcionamiento del Servicio Local, sus intervenciones y su diseño del plan de acción;
que, existe el Servicio Local de Promoción y Protección de Derechos del Niño;
que, no hay difusión de las intervenciones que realiza el servicio local y que es necesario que la comunidad de Saladillo esté al tanto del accionar del mismo;
que, para que se concrete la aplicación de la doctrina de la protección integral surgida de la Convención de los Derechos del Niño y demás normativa protectora de los derechos humanos incorporados a nuestra Constitución Nacional a partir del año 1994, es necesario que el Servicio realice las siguientes acciones: Diseñar el Plan Intersectorial territorial, evaluar y controlar la utilización de los recursos y difundir los derechos; y
CONSIDERANDO que en la Décima Quinta Sesión Ordinaria llevada a cabo el día 12 de noviembre del año 2013, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad la mencionada Comunicación;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
C O M U N I C A C I O N
ARTICULO 1º: Solicítase al Poder Ejecutivo Municipal un informe sobre el funcionamiento del Servicio Local, sus intervenciones y su diseño del Plan de Acción.-
ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los doce días del mes de noviembre del año dos mil trece.-
COMUNICACION Nº 100/2013.-