VISTO el expediente nº 170/2016, iniciado por el Concejo Deliberante Juvenil, quién eleva Comunicación nº 3/2016, solicitando a la Secretaría de Ambiente y Obras Públicas, que realice limpieza del Basural existente;

que, “los ecosistemas naturales” brindan servicios esenciales e irremplazables para la vida y que los mismos están siendo afectados negativamente por la acción del hombre;

que, existe en Cazón un basural a cielo abierto, que recibe los residuos urbanos de Cazón y además los desechos cloacales;

que, “los residuos urbanos son uno de los problemas graves que afectan a los ecosistemas”;

que, la descomposición a cielo abierto de los residuos urbanos generan sustancias que contaminan el agua y el aire;

que, dichas sustancias contaminantes afectan la salud de la población y al ambiente;

que, los basurales a cielo abierto constituyen un deterioro evidente del paisaje;

que, dentro de los residuos urbanos existen metales pesados contaminantes provenientes de la “llamada basura electrónica”;

que, dentro de los residuos urbanos existen bidones de agroquímicos y por Ley Nacional Nº 24051 y Resolución Provincial 728/11, son considerados residuos peligrosos; y

CONSIDERANDO que en la Décima Cuarta Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 25 de octubre de 2016, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Salud Pública, Ecología y Medio Ambiente, que aconseja sancionar el mencionado proyecto;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente

C O M U N l C A C l O N

ARTICULO 1ºSolicítase al Departamento Ejecutivo Municipal, a través de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos y la Subsecretaría de Servicios Sanitarios y Gestión Ambiental,  que realicen una limpieza del basural existente.-

ARTICULO 2ºQue se arbitren los medios para tener una planta de separación de residuos en Cazón: un tinglado o galpón con boxes para la ubicación de plásticos, vidrios, cartones, metales o hierro, basura electrónica y desechos peligrosos (bidones de agroquímicos).-

ARTICULO 3ºQue se conecten con empresas y/o instituciones para que reciban estos materiales.-

ARTICULO 4ºQue se destinen medios y personal para concientización en reducción de producción de basura y separación en origen, fundamentalmente los residuos orgánicos que deberán ser transformados en abono en sus domicilios.-

ARTICULO 5ºQue se lleven los residuos cloacales a la planta de tratamientos de Saladillo.-

ARTICULO 6ºComuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-

DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los dos veinticinco días del mes de octubre  del año dos mil dieciséis.-

COMUNICACION Nº 76/2016.-

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