VISTO el expediente Nº 181/2025, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante expediente Nº 1717/2025, quién eleva nota solicitando eximición del pago de las Tasas Municipales a favor del Sr. Horacio Martin Aguilera; y

CONSIDERANDO que en la Décima Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 12 de Agosto de 2025, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Desarrollo Social, Género, Diversidad y Derechos Humanos, que aconseja eximir en un 100% el pago de la Tasa de Agua Corriente y Cloacas, y de la Tasa de Barrido, Limpieza y Recolección de Residuos;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona el siguiente

D E C R E T O

ARTÍCULO 1º: Eximir del pago, según el artículo 4º de la Ordenanza Nº 97/2021, del 100% de la Tasa de Agua Corriente y Cloacas, y de la Tasa de Barrido, Limpieza y Recolección de Residuos a favor del Sr. Horacio Martin Aguilera (D.N.I. Nº 7.381.598), con domicilio en calle Viale N° 3915, de nuestra ciudad.-

ARTÍCULO 2º: Comunicar al Departamento Ejecutivo Municipal, dar al Registro Oficial, publicar y archivar.-

DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los doce días del mes de agosto del año dos mil veinticinco.-

DECRETO H.C.D. Nº 33/2025.-

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