VISTO el expediente nº158/93, iniciado por el Sr. Nicasio Atilio Bazán, por el cual eleva nota solicitando que se lo exima en una 100 % de las Tasas Municipales;

que, mediante Decreto Nº8/93, de fecha 12 de agosto de 1993, (Listado Nº2), el Honorable Cuerpo eximió al peticionante del 50 % del pago de las Tasas Municipales; y

CONSIDERANDO que en la Décima Tercera Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 8 de octubre del año 1993, el Honorable Cuerpo aprobó el despacho de la Comisión de Presupuesto y Hacienda que aconseja rechazar lo solicitado;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona el siguiente

D E C R E T O

ARTICULO 1º: Recházase la solicitud de eximición de las Tasas Municipales, presentada por el Señor Nicasio Atilio Bazán, ratificándose lo aprobado según Decreto Nº8/93, de fecha 12 de agosto del año 1993, (Listado 2).-

ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-

DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los ocho días del mes de octubre de mil novecientos noventa y tres.-

DECRETO H.C.D. Nº10/93.-

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