VISTO que sería conveniente la publicación del accionar del Honorable Concejo Deliberante, por medio de un Boletín, que se podría en principio editar a máquina y fotocopiar; y

CONSIDERANDO que podría con alguna propaganda de firmas, solventarse los gastos;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus facultades que le son propias, acuerda y sanciona el siguiente

D E C R E T O

ARTICULO 1º: Autorízase al Señor Presidente del Honorable Concejo Deliberante, efectuar las gestiones pertinentes a fin se edite un Boletín Mensual con lo actuado por el Honorable Cuerpo.-

ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-

DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los seis días del mes de junio de mil novecientos ochenta y ocho.-

DECRETO H.C.D. Nº 12/88.-

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