VISTO que sería conveniente la publicación del accionar del Honorable Concejo Deliberante, por medio de un Boletín, que se podría en principio editar a máquina y fotocopiar; y
CONSIDERANDO que podría con alguna propaganda de firmas, solventarse los gastos;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus facultades que le son propias, acuerda y sanciona el siguiente
D E C R E T O
ARTICULO 1º: Autorízase al Señor Presidente del Honorable Concejo Deliberante, efectuar las gestiones pertinentes a fin se edite un Boletín Mensual con lo actuado por el Honorable Cuerpo.-
ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-
DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los seis días del mes de junio de mil novecientos ochenta y ocho.-
DECRETO H.C.D. Nº 12/88.-